SAP Girona 207/2008, 15 de Mayo de 2008
Ponente | FERNANDO LACABA SANCHEZ |
ECLI | ES:APGI:2008:922 |
Número de Recurso | 111/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 207/2008 |
Fecha de Resolución | 15 de Mayo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Girona, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION PRIMERA
GIRONA
APELACION CIVIL
Rollo nº: 111/2008
Autos: juicio verbal nº: 836/2007
Juzgado Mercantil 1 Girona
SENTENCIA Nº 207/08
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE
Don Fernando Lacaba Sánchez
MAGISTRADOS
Don Fernando Ferrero Hidalgo
Don Carles Cruz Moratones
En Girona, quince de mayo de dos mil ocho
VISTO, ante esta Sala el Rollo de apelación nº 111/2008, en el que ha sido parte apelante D. Ricardo, representada esta por el Procurador D. JOAQUIM GARCÉS PADRDOSA, y dirigida por la Letrada DÑA.
RAQUEL ALVAREZ CARRASCO; y como parte apelada FORMIGONS VULPELLAC, S.L., representada por la Procuradora D
ÑA. ROSA BOADAS VILLORIA, y dirigida por el Letrado D. FRANCESC REBLED SARRA.
Por el Juzgado Mercantil nº 1 de Girona, en los autos nº 836/2007, seguidos a instancias de FORMIGONS VULPELLAC, S.L, representado
por la Procuradora DÑA. ROSA BOADAS VILLORIA y bajo la dirección del Letrado D. FRANCESC REBLED SARRA, contra D. Ricardo, representado por el Procurador D. JOAQUIM GARCÉS PADROSA, bajo la dirección de la Letrada DÑA. RAQUEL ALVAREZ CARRASCO, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Rosa Boadas, obrando en nombre y representación de la mercantil FORMIGONS VULPELLAC S.L. condeno a Ricardo a pagar como responsable solidario delas deudas de la mercantil CABACO DIEZ S.L. la cantidad reclamada de 2.136,26 euros, mas los intereses correspondientes al tipo legalmente establecido según las estipulaciones contenidas en la Ley 3/2004 de 29 de diciembre y asimismo le condeno al pago de las costas del presente procedimiento.".
La relacionada sentencia de fecha 28-11-07, se recurrió en apelación por la parte demandada, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Fernando Lacaba Sánchez.
Se aceptan y dan por reproducidos los de la recurrida en todo aquello que no se oponga a lo ahora resuelto.
Ejercitada por la entidad FORMIGONS VULPELLAC SL acción de responsabilidad individual frente al administrador solidario y demandado D. Ricardo, la Sentencia lo estima, frente a lo cual se alza el meritado demandado al entender que no concurren los presupuestos legales para poder demandarle.
Son hechos no controvertidos y de necesaria consideración en la solución
del recurso, los que siguen: La entidad actora, suministró a la entidad CABACO DIEZ SL, en los meses de noviembre y diciembre de 2004, diversas partidas de sus materiales. Remitidas las oportunas facturas la suma reclamada de 2.136,26€ resultó impagada.
Comienza el recurso por impugnar el pronunciamiento de la sentencia en orden a que no se ha acreditado que la entidad Cabaco Diez sl haya cerrado de facto y esté inactiva.
Tal argumento no es admisible por constituir una afirmación en absoluto...
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