SAP Murcia 187/2002, 22 de Julio de 2002

PonenteCRISTINA PLA NAVARRO
ECLIES:APMU:2002:1923
Número de Recurso192/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución187/2002
Fecha de Resolución22 de Julio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

SENTENCIA NUM. 187/2002

ILTMOS. SRES.

D. JUAN MARTINEZ PEREZ

PRESIDENTE

Dña. PILAR ALONSO SAURA

Dña. CRISTINA PLA NAVARRRO

MAGISTRADOS

En la ciudad de Murcia, a veintidós de julio de dos mil dos.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Tercera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio sobre oposición a resolución administrativa en materia de protección de menores n°

1.600/2.001 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado Civil núm. 9 de Murcia, entre las partes, como actora D. Victor Manuel y Dña. Luz , representada por la Procuradora Sr. García Idáñez y defendida por el Letrado Sr. Molina Carrasco y como demandada la Entidad Pública ( Secretaría Sectorial de Acción Social, Menor y Familia) y el Ministerio Fiscal. En esta alzada actúa como apelante la referida Entidad Pública, adhiriéndose al recurso el Ministerio Fiscal y como apelado D. Victor Manuel y Dña. Luz , representado por la Procuradora Sra. García Idáñez y dirigido por el Letrado Sr. Molina Carrasco, siendo ponente la Iltma. Sra. Dña. CRISTINA PLA NAVARRRO, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de instancia citado, con fecha 17 de abril de 2.002, dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO Se estima la demanda formulada por los actores en este juicio frente a la resolución administrativa aludida en el cuerpo de esta resolución, la que se deja sin efecto, declarándose la idoneidad de D. Victor Manuel y Dª Luz para la adopción internacional y ordenándose a la Entidad Pública el pago de las costas causadas".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma interpuso recurso de apelación la Secretaria Sectorial de Acción Social, Menor y Familia, siendo admitido en ambos efectos y, con emplazamiento de las partes, fueron remitidos los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno rollo por la Sección Tercera con el n° 192/02, señalándose para su votación y Fallo el día 10 de julio de 2.002.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso que plantea la Entidad Pública se funda, en síntesis, en las siguientes alegaciones: 1°) discrepa de la sentencia en cuanto a que una de las causas a que atiende para estimar la demanda es la de haber remitido al Juzgado el expediente administrativo incompleto, frente a lo cual aduce que tal extremo no fue alegado de contrarío viéndose vulnerado el principio de...

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