SAP Valencia 432/2007, 16 de Julio de 2007

PonenteMARIA FILOMENA IBAÑEZ SOLAZ
ECLIES:APV:2007:1710
Número de Recurso83/2007/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución432/2007
Fecha de Resolución16 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª

432/2007

Rollo nº 000083/2007

Sección Séptima

SENTENCIA Nº 432

SECCION SEPTIMA

Ilustrísimos/as Señores/as:

Presidente/a:

Dª PILAR CERDAN VILLALBA

Magistrados/as

Dª MARIA IBAÑEZ SOLAZ

Dª AMPARO IVARS MARIN

En la Ciudad de Valencia, a dieciséis de julio de dos mil siete.

Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario - 000460/2004 seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 4 DE LLIRIA entre partes; de una como demandado/as - apelante/s Carlos Daniel y Sonia, incomparecidos en la alzada; y, de otra, como demandante/s, - apelado/s Romeo dirigido por el/la letrado/a D/Dª. MARIA INMACULADA BALLESTER MONTAVA y representado por el/la Procurador/a D/Dª MARIA ANTONIA FERRER GARCIA ESPAÑA.

Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. MARIA IBAÑEZ SOLAZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 4 DE LLIRIA, con fecha trece de febrero de dos mil seis se dictó la sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: ESTIMAR INTEGRAMENTE la demanda presentada por Romeo frente a Carlos Daniel Y Sonia, condenando a los demandados a indemnizar al demandante la cantidad de 4.793,06 €, más intereses legales correspondientes desde la interposición de la demanda. DESESTIMAR INTEGRAMENTE la demanda reconvencional interpuesta por Carlos Daniel Y Sonia, frente a Romeo. Las costas serán abonadas por la parte demandada, al haber sido totalmente rechazadas sus pretensiones".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandada se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día cuatro de julio de dos mil siete para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia apelada estimó íntegramente la demanda por la que el Sr. Romeo, titular de la agencia inmobiliaria "Les Alfábegues" reclamaba la comisión correspondiente a su mediación en la compraventa de una vivienda por los demandados, sita en "Torres de Portacoeli" en Serra, y que ascendía a 4.793,06 euros IVA incluido, también desestimó la reconvención que los demandados dedujeron reclamando el mismo importe por indemnización de daños y perjuicios. Frente a ella los demandados se oponen, en esencia, rechazando la existencia de pacto relativo a la mediación, la mala gestión llevada a cabo, y la efectividad de la compraventa sin su gestión, además de reiterar la procedencia de su demanda reconvencional en relación a los daños y perjuicios producidos por el actor en su forma de actuación. La parte actora defiende la tesis de la sentencia.

SEGUNDO

Por lo que al fondo de la cuestión atañe, diremos que tras un nuevo examen de la prueba propuesta y practicada este Tribunal comparte íntegramente las valoraciones probatorias del juez de instancia que son del todo lógicas y racionales.

No nos cabe duda alguna de que los demandados acudieron a la inmobiliaria regentada por el actor para la búsqueda de una vivienda, y de que el mismo les ofreció la...

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