SAP Valladolid 36/2008, 24 de Enero de 2008
Ponente | ANGEL SANTIAGO MARTINEZ GARCIA |
ECLI | ES:APVA:2008:62 |
Número de Recurso | 36/2006 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 36/2008 |
Fecha de Resolución | 24 de Enero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valladolid, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
VALLADOLID
SENTENCIA: 00036/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID
Sección nº 004
Rollo : 36/2006
Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION nº 3 de VALLADOLID
Proc. Origen: SUMARIO nº 2/2006
SENTENCIA Nº 36/08
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. JOSE LUIS RUIZ ROMERO
D. ÁNGEL SANTIAGO MARTÍNEZ GARCÍA
DÑA. MARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO
En VALLADOLID, a veinticuatro de enero de dos mil ocho.
VISTA en juicio oral y público, ante la Sección 4 de esta Audiencia Provincial la causa instruida con el número 36/2006, procedente del Juzgado de INSTRUCCION nº 3 DE VALLADOLID y seguida por el trámite de SUMARIO ORDINARIO 2/2006 por un delito de agresión sexual, contra Lázaro, natural de Kazanlak (Bulgaria), vecino de Cantalejo (Segovia), C) DIRECCION000, nº NUM000 - NUM001 NUM002, nacido el día 23.05.1977, hijo de Tanev y de Radka, sin antecedentes penales, parcialmente solvente y en libertad por esta causa, habiendo sido partes en el procedimiento, el Ministerio Fiscal como representante de la acusación pública; y el procesado, representado por el Procurador Don Ismael Sanz Manjarres y defendido por el Letrado Don Mariano Arribas Serrano; y habiendo sido ponente el Magistrado D. ÁNGEL SANTIAGO MARTÍNEZ GARCÍA.
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Las presentes actuaciones fueron tramitadas por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Valladolid como consecuencia de atestado de la Guardia Civil, lo que dio lugar a la incoación del Sumario nº 2/06 habiéndose practicado las diligencias probatorias que se estimaron procedentes.
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Llevadas a efectos indicadas diligencias probatorias se acordó por el instructor la continuación del procedimiento por el de Sumario Ordinario, en el que dictó auto de procesamiento y notificado que fue en forma legal a las personas que aparecían mencionadas en el mismo, transcurrido que fue el término legal se dictó auto de conclusión del sumario, llevándose a efecto el emplazamiento de las partes ante esta Sala.
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Recibidas las actuaciones en esta Audiencia y cumplidos los trámites legalmente establecidos con carácter general, se acordó dar traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal, para informe en orden a la conclusión del sumario y apertura del Juicio Oral, acordándose la apertura del mismo y dándose traslado a las partes acusadoras para calificación provisional, verificado se dio traslado a la defensa para que evacuara el mismo trámite procesal, habiéndolo efectuado en su día y proponiendo lo mismo que las demás partes personadas, y las pruebas de que intentaba valerse, por lo cual se tuvo por hecha la calificación y se pasaron las actuaciones al Ponente para examen de las pruebas y declaradas pertinentes las pruebas que se indican en el auto de señalamiento, se fijó para el comienzo de las sesiones del juicio oral el día 22 de enero de 2008.
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En el día y hora señalados, comparecieron las partes, se llevaron a cabo las pruebas ofrecidas por las mismas en los respectivos escritos y que en su momento fueron admitidas.
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El Ministerio Fiscal en el acto del juicio oral, elevó sus conclusiones a definitivas, calificando definitivamente los hechos como constitutivos de un delito de agresión sexual de los artículos 178 y 179 del Código Penal, del que considera responsable en concepto de autor al procesado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal y solicitó las penas de nueve años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el periodo de condena, y que indemnice a Inés en la cantidad de 30.000 euros.
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La defensa del procesado, en sus conclusiones provisionales elevadas a definitivas estimó que los hechos no eran constitutivos...
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