SAP Valladolid 36/2008, 24 de Enero de 2008

PonenteANGEL SANTIAGO MARTINEZ GARCIA
ECLIES:APVA:2008:62
Número de Recurso36/2006
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución36/2008
Fecha de Resolución24 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

VALLADOLID

SENTENCIA: 00036/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

Sección nº 004

Rollo : 36/2006

Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION nº 3 de VALLADOLID

Proc. Origen: SUMARIO nº 2/2006

SENTENCIA Nº 36/08

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. JOSE LUIS RUIZ ROMERO

D. ÁNGEL SANTIAGO MARTÍNEZ GARCÍA

DÑA. MARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO

En VALLADOLID, a veinticuatro de enero de dos mil ocho.

VISTA en juicio oral y público, ante la Sección 4 de esta Audiencia Provincial la causa instruida con el número 36/2006, procedente del Juzgado de INSTRUCCION nº 3 DE VALLADOLID y seguida por el trámite de SUMARIO ORDINARIO 2/2006 por un delito de agresión sexual, contra Lázaro, natural de Kazanlak (Bulgaria), vecino de Cantalejo (Segovia), C) DIRECCION000, nº NUM000 - NUM001 NUM002, nacido el día 23.05.1977, hijo de Tanev y de Radka, sin antecedentes penales, parcialmente solvente y en libertad por esta causa, habiendo sido partes en el procedimiento, el Ministerio Fiscal como representante de la acusación pública; y el procesado, representado por el Procurador Don Ismael Sanz Manjarres y defendido por el Letrado Don Mariano Arribas Serrano; y habiendo sido ponente el Magistrado D. ÁNGEL SANTIAGO MARTÍNEZ GARCÍA.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. Las presentes actuaciones fueron tramitadas por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Valladolid como consecuencia de atestado de la Guardia Civil, lo que dio lugar a la incoación del Sumario nº 2/06 habiéndose practicado las diligencias probatorias que se estimaron procedentes.

  2. Llevadas a efectos indicadas diligencias probatorias se acordó por el instructor la continuación del procedimiento por el de Sumario Ordinario, en el que dictó auto de procesamiento y notificado que fue en forma legal a las personas que aparecían mencionadas en el mismo, transcurrido que fue el término legal se dictó auto de conclusión del sumario, llevándose a efecto el emplazamiento de las partes ante esta Sala.

  3. Recibidas las actuaciones en esta Audiencia y cumplidos los trámites legalmente establecidos con carácter general, se acordó dar traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal, para informe en orden a la conclusión del sumario y apertura del Juicio Oral, acordándose la apertura del mismo y dándose traslado a las partes acusadoras para calificación provisional, verificado se dio traslado a la defensa para que evacuara el mismo trámite procesal, habiéndolo efectuado en su día y proponiendo lo mismo que las demás partes personadas, y las pruebas de que intentaba valerse, por lo cual se tuvo por hecha la calificación y se pasaron las actuaciones al Ponente para examen de las pruebas y declaradas pertinentes las pruebas que se indican en el auto de señalamiento, se fijó para el comienzo de las sesiones del juicio oral el día 22 de enero de 2008.

  4. En el día y hora señalados, comparecieron las partes, se llevaron a cabo las pruebas ofrecidas por las mismas en los respectivos escritos y que en su momento fueron admitidas.

  5. El Ministerio Fiscal en el acto del juicio oral, elevó sus conclusiones a definitivas, calificando definitivamente los hechos como constitutivos de un delito de agresión sexual de los artículos 178 y 179 del Código Penal, del que considera responsable en concepto de autor al procesado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal y solicitó las penas de nueve años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el periodo de condena, y que indemnice a Inés en la cantidad de 30.000 euros.

  6. La defensa del procesado, en sus conclusiones provisionales elevadas a definitivas estimó que los hechos no eran constitutivos...

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