SAP Sevilla 54/2004, 26 de Enero de 2004

PonenteJavier González Fernández
ECLIES:APSE:2004:322
Número de Recurso180/2004
Número de Resolución54/2004
Fecha de Resolución26 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 7ª

D. Javier González FernándezD. Juan Romeo LagunaD. Enrique García López Corchado

Audiencia Provincial de Sevilla.

Sección Séptima.

Rollo 180/2004 (Apelación de Proc. abreviado).

AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA.

SECCIÓN SÉPTIMA.

SENTENCIA Nº 54 /2004.

Rollo de Apelación nº 180/2004.

Procedimiento Abreviado nº 270/2003.

Juzgado de lo Penal nº 13 de Sevilla.

Magistrados:

Javier González Fernández, ponente.

Juan Romeo Laguna.

Enrique García López Corchado.

En Sevilla, a 26 de enero de 2004.

Este Tribunal ha visto en apelación la causa referenciada, en la que han sido partes D. Victor Manuel , acusado, como apelante, y el Ministerio Fiscal y Dª Antonieta , acusadora particular, como apelados, ha deliberado y ha resuelto como a continuación se expone.

ANTECEDENTES PROCESALES.

Primero

La Iltma. Sra. Magistrada-Juez de lo Penal dictó sentencia el día 23 de octubre de 2003, cuyo Fallo dice lo siguiente:

"Condeno a Victor Manuel como autor de un delito de impago de pensiones, ya definido. No concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad penal y se le impone la pena de arresto de ocho fines de semana y abono de costas.

Deberá indemnizar a Antonieta en la suma que se determine en ejecución de sentencia por las pensiones impagadas en los siguientes periodos: Abril-Septiembre de 2001; 30,05 euros correspondientes al mes de Marzo de 2002 y desde Abril de 2002 hasta la fecha de celebración del juicio oral, según las bases establecidas enel fundamento de derecho 4º de la presente resolución; cantidad que se hará efectiva en el supuesto en que no lo sea en ejecución del correspondiente procedimiento civil y de la que se deducirán las cantidades que , en su caso, acredite haber satisfecho.".

La sentencia contenía la siguiente declaración de Hechos Probados:

,1.- La Sentencia Dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de esta ciudad en 5 de marzo de 2002 acordó la separación del matrimonio contraido porVictor Manuel y Antonieta . Dicha sentencia mantuvo las medidas provisionales acordadas en auto de 31 de enero de 2001, confió a la madre la custodia de la hija menor del matrimonio y estableció una pensión de alimentos a favor de la hija en el30% de los ingresos líquidos que por cualquier concepto obtuviera el Sr. Victor Manuel , con un mínimo de 25.000 pta. Mensuales, pagaderas dentro de los cinco primeros días de cada mes y actualizables anualmente con arreglo al I.P.C.

  1. - El acusado, no obstante disponer de medios económicos para ello, dejó de abonar las pensiones correspondientes a los meses de abril a septiembre de 2001 ambos inclusive. En el mes de marzo de 2002 abonó la cantidad de 20.000 pta. y a partir del mesde abril de 2002 no ha abonado cantidad alguna.".

Segundo

Contra la sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación del acusado D. Victor Manuel . Trasladadas copias de los escritos de recurso a las otras partes personadas, por el Ministerio Fiscal se interesó la confirmación de la sentencia. Posteriormente, al remitirse los autos a este tribunal se incoó Rollo el día 14 de octubre de 2003, y se ha deliberado el día 26 del mes en curso.

Se aceptan los declarados con tal carácter en la sentencia impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Recurre D. Victor Manuel la sentencia que le condenó en la primera instancia como autor de un delito del artículo 227 del Código. No discute el apelante la concurrencia de los elementos objetivos del tipo, esto es, que dejó de pagar la pensión alimenticia establecida a favor de la hija habida de su matrimonio con la acusador particular en los periodos de tiempo indicados en la sentencia. Lo que sí discute es la concurrencia del necesario elemento subjetivo, aduciendo que...

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