SAP Zaragoza 98/2007, 27 de Febrero de 2007

PonenteJULIAN CARLOS ARQUE BESCOS
ECLIES:APZ:2007:539
Número de Recurso32/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución98/2007
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00098/2007

SENTENCIA NÚMERO: 98/07

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. JULIAN CARLOS ARQUÉ BESCÓS

Magistrados:

D. FRANCISCO ACIN GARÓS

Dª MARIA ELIA MATA ALBERT

En ZARAGOZA, a veintisiete de febrero de dos mil siete.

VISTO por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de JUICIO VERBAL 683/2006, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 5 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN número 32/2007, en los que aparece como parte apelante Dª Julia, representada por el procurador D. JOSE IGNACIO SAN PIO SIERRA y asistida por el Letrado D. JAVIER VALENTIN ALONSO CORONEL y D. Augusto, representado por el procurador Dª MARIA PILAR VICARIO DEL CAMPO y asistido por el Letrado D. CARLOS ALTABA COSIN, es parte el MINISTERIO FISCAL, en cuyos autos, con fecha 3 de octubre de 2006, recayó Sentencia y con fecha 6 de noviembre de 2006, auto de rectificación.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los que figuran en la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Acuerdo la adopción de las siguientes medidas, en relación con la hija común de Dña. Julia y D. Augusto : 1.- Atribuyo a Dña. Julia, la guarda y custodia de la menor, NOEMI; la autoridad familiar se ejercerá de forma conjunta por ambos progenitores en lo que exceda de su ámbito ordinario.- 2.- En cuanto a visitas, regirá en primer lugar el acuerdo que alcancen los progenitores.- En su defecto, las visitas se desarrollarán en fines de semana alternos, desde el viernes a las 20 horas a las 20 horas del domingo.- Si a algún fin de semana de visitas puede unirse un puente festivo, el padre verá ampliadas las visitas desde las 20 horas del día de salida del colegio que inicie el puente de que se trate o, en su caso, hasta las veinte horas del día de finalización del puente.- Igualmente, el padre estará con su hija una tarde todas las semanas (a excepción de los periodos vacacionales y otros periodos festivos que no correspondan), desde la salida del colegio a las 20 horas. En defecto de acuerdo, este día será el miércoles.- La onomástica o el día del padre o de la madre, la hija permanecerá con quien celebre el evento, realizando los cambios pertinentes. Si coincide con vacaciones, el progenitor podrá visitar y permanecer con su hija durante el día indicado, siendo su responsabilidad el desplazarse a donde se encuentre, si estuviera fuera de Zaragoza.- El día del cumpleaños la hija permanecerá con quien corresponda, pudiendo verla el otro progenitor durante una hora.- Además, el padre estará con su hija la mitad de las vacaciones escolares de Semana Santa, Navidad y verano (julio y agosto). El padre elegirá el periodo vacacional en años pares; la madre, en años impares. La elección de periodos vacacionales deberá hacerse con la suficiente antelación y, como mínimo, 2 meses antes.- El periodo vacacional de verano se disfrutará en quincenas alternas hasta que la hija cumpla los 5 años.- 3.- En concepto de pensión alimenticia a favor de la hija común, D. Augusto deberá abonar mensualmente la cantidad de 350 euros. Se hará efectivo este importe en los cinco días primeros de cada mes, en la cuenta que designe al efecto DÑA. Julia. Será exigible con efectos desde esta mensualidad de septiembre y en su totalidad. Se actualizará automáticamente cada mes de enero, según la variación que haya experimentado el IPC...

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