SAP Madrid 359/2007, 28 de Marzo de 2007
Ponente | MIGUEL ANGEL COBOS GOMEZ DE LINARES |
ECLI | ES:APM:2007:273 |
Número de Recurso | 11/2007 |
Número de Resolución | 359/2007 |
Fecha de Resolución | 28 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE Madrid
Sección nº 17
Rollo : 11 /2007
Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de MOSTOLES
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 394 /2005
SENTENCIA
AUDIENCIA PROVINCIAL
Sección decimoséptima
Madrid
Rollo de apelación nº.: 11/2007
Juicio Oral nº.: 394/2005
Juzgado de lo Penal nº.: 1 de Móstoles
SENTENCIA Nº 359/07
Magistrados:
Manuela CARMENA CASTRILLO
Ramiro VENTURA FACI
Miguel COBOS GOMEZ DE LINARES (ponente)
En Madrid, a 28 de Marzo de 2007
Este Tribunal ha deliberado en grado de apelación el Juicio Oral nº 394/2005 procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de Móstoles, seguido por delito de amenazas por el trámite del procedimiento abreviado, en el que figura como apelante Guillermo defendido por la Letrada Silvia Tabera García.
ANTECEDENTES PROCESALES
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- En la causa mencionada, con fecha 28 de Septiembre de 2006 el Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal nº 1 de Móstoles dictó Sentencia en la que se declaran probados los siguientes hechos:
" Sobre las 22,30 horas del día 17 de Octubre de 2003 los acusados Guillermo, nacido el 28 de Noviembre de 1960, con antecedentes penales susceptibles de ser cancelados, y Blas, nacido el 5 de Febrero de 1955, sin antecedentes penales, se dirigieron al domicilio de Everardo, sito en el piso NUM000 del nº NUM001 de la PLAZA000 de Fuenlabrada para exigirle que devolver a Blas dinero y un reloj que, según los acusados, había sido sustraído por Everardo.
Al llegar se inició una discusión entre Everardo y Guillermo, en el curso de la cual el acusado le dijo "niñato de mierda", te voy a echar a patadas a la calle", al tiempo que sacaba del cinturón una pistola detonadora semiautomática, marca Valtro, modelo 85 combat, con nº de serie NUM002, en perfecto estado de funcionamiento, diciendo a Everardo tu padre tiene una pistola pero yo también tengo una.
No ha quedado probado que Blas golpease a Everardo."
En su parte dispositiva se acuerda lo siguiente:
" Condeno a Guillermo como autor de un delito de amenazas, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de seis meses de Prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, y al pago de las costas de este juicio.
Absuelvo libremente a Blas de los hechos de que venía acusado por el Ministerio Fiscal, y que dieron lugar a la incoación del presente procedimiento".
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