SAP Álava 76/2001, 27 de Marzo de 2001

PonenteJESUS MARIA MEDRANO DURAN
ECLIES:APVI:2001:212
Número de Recurso458/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución76/2001
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 2ª

D. Jesús María Medrano DuránD. Ramón Ruiz JiménezDª. Dª. Mercedes Guerrero Romeo

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA

ARABAKO PROBINTZIA-AUZITEGIA

Sección 2ª

AVDA. GASTEIZ 18 2ª planta

Tfno.: 945-004821

Fax: 945-004820

N.I.G. 01.02.2-00/010831

APEL.CONTRA AUTO 458/00

O.Judicial Origen: Servicio Común de Registro y Reparto (Audiencia) VITORIA

Autos de OTROS 11/00

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Recurrente: DAIBUS S.L.

Procurador/a: MARIA CONCEPCION MENDOZA ABAJO

Abogado/a: JOSÉ MIGUEL TENORIO MÁRQUEZ

Recurrido: Elisa y Isabel

Procurador/a: JAVIER AREA ANITUA

Abogado: ANGEL LAPUENTE

tfo.

APELACION CIVIL

La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz compuesta por los Iltmos. Sres. D. Jesús María Medrano Durán, Presidente, y D. Ramón Ruiz Jiménez y Dª Mercedes Guerrero Romeo,

Magistrados, ha dictado el día veintisiete de Marzo de dos mil uno.

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 76/01

En los autos sobre recurso de anulación de laudo arbitral, rollo de Sala nº 458/00, promovido por DAIBUS S.L. dirigida por el Letrado D. José Miguel Tenorio Márquez y representado

por la Procuradora Dª Concepción Mendoza Abajo, frente al laudo dictado en Vitoria-Gasteiz en fecha 5 de Octubre de 2.000 por la Junta Arbitral del Transporte de Alava, y como apelados Dª Elisa y Dª Isabel , dirigidas por el Letrado D. Angel Lapuente y representadas por el Procurador D. Javier Area Anitua. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Jesús María Medrano Durán.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva del laudo arbitral recurrido es del tenor literal siguiente:" Esta Junta Arbitral de Transporte de Alava estima parcialmente la reclamación interpuesta ante la misma por Dña. Elisa y Dña. Isabel , condenando a la mercantil DAIBUS S.L. al pago de 120.000 ptas (ciento veinte mil pesetas) (721,21 euros) por la pérdida de su equipaje y el perjuicio causado a Dña. Elisa y al pago de 120.000 ptas. (ciento veinte mil pesetas) (721,21 euros) por el mismo motivo a Dña. Isabel ".

SEGUNDO

Frente al referido laudo se interpuso en tiempo y forma recurso de nulidad por la representación de DAIBUS S.L, presentado en el Registro General en fecha 24.11.00.

TERCERO

Recibido el escrito de recurso y documentos que le acompañan en la Secretaría de esta Sala, se formó el Rollo, registrándose y turnándose la ponencia, se tiene por solicitado el recibimiento del juicio del pleito a prueba por la parte recurrente, y ex artº 48 de la Ley de Arbitraje, se da traslado de la copia del recurso a la parte recurrida, a fin de que en el término de veinte días alegue lo que a su derecho convenga, todo ello por providencia de fecha 12.12.00.

CUARTO

Por la representación de Dª Elisa y Dª Isabel se presentó en fecha 23.01.01 escrito de impugnación al recurso de anulación interpuesto, pasando la causa al Magistrado Ponente para que resuelva sobre el recibimiento del pleito a prueba interesado por ambas partes, admitiéndose las pruebas solicitadas por auto de fecha 31.01.01, y practicadas las mismas con el resultado que obra en autos, se dio traslado a las partes por término de SEIS DIAS , a los efectos de lo dispuesto por el Artículo 49 de la Ley de Arbitraje. Una vez transcurrido el plazo concedido en el artº 49 de la Ley de Arbitraje, sin que por ninguna de ellas se haya solicitado vista pública, pasó la causa al Magistrado Ponente para que previa deliberación de la Sala, dicte la resolución procedente.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se ejercita en los presentes autos, por la representación...

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