SAP Burgos 151/2007, 2 de Abril de 2007

PonenteILDEFONSO JERONIMO BARCALA FERNANDEZ DE PALENCIA
ECLIES:APBU:2007:258
Número de Recurso111/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución151/2007
Fecha de Resolución 2 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

BURGOS

SENTENCIA: 00151/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

BURGOS

Sección 003

Domicilio: SAN JUAN 2

Telf: 947274394

Fax: 947279452

Modelo: SENTENCIA

N.I.G.: 09059 38 1 2007 0000225

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000111 /2007

Juzgado procedencia: JDO.1A.INST. E INSTRUCCION N.1 de BRIVIESCA

Procedimiento de origen: JUICIO VERBAL 0000218 /2005

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Burgos, integrada por los Ilmos. Sres.

Magistrados, D. ILDEFONSO BARCALA FERNÁNDEZ DE PALENCIA, Presidente, Dª MARÍA ESTHER VILLÍMAR SAN SALVADOR y Dª ROSA SIMÓN RODRÍGUEZ, ha dictado la siguiente.

S E N T E N C I A Nº 151.

En Burgos, a dos de abril de dos mil siete.

VISTOS, por esta Sección de la Audiencia Provincial de Burgos el Rollo de Sala núm. 111 de 2.007, dimanante del juicio ordinario número 218/05, del Juzgado de Primera Instancia de Briviesca (Burgos), sobre reclamación de cantidad, en recurso de apelación interpuesto contra sentencia de fecha 28 de junio de 2.006, en el que han sido partes, en esta segunda instancia, como demandante-apelante, Dª Soledad, defendida por el Letrado D. José Luis del Rey García; y, como demandada-apelada, la mercantil "ASEGURADORA MAPFRE MUTUALIDAD, S.A.", representada por el Procurador D. Andrés Jalón Pereda y defendida por la Letrada Dª Felicitas Gabilondo Espinosa. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. ILDEFONSO BARCALA FERNÁNDEZ DE PALENCIA, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente

    FALLO

    "Estimar parcialmente la demanda formulada por la representación procesal de Dª Soledad contra MAPFRE, Mutualidad de Seguros y Reaseguros, y en consecuencia condenar a la demandada a abonar a la citada actora la cantidad TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS EUROS CON CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS (3.832,53 €), suma que devengará, desde la fecha del siniestro hasta la de su completo pago, el interés legal del dinero incrementado en un cincuenta por ciento y que transcurridos dos años desde la fecha del siniestro no podrá ser inferior al tipo del 20% anual. Todo ello sin hacer expresa imposición de las costas procesales a ninguna de las partes".

  2. - Notificada la anterior resolución a las partes, por la representación de la demandante se presentó escrito preparando recurso de apelación, que posteriormente formalizó dentro del término que le fue concedido al efecto. Dado traslado a la parte contraria, para que en el término de diez días presentase escrito de oposición al recurso o de impugnación de la resolución, lo verificó en tiempo y forma, oponiéndose al recurso mediante escrito que consta en las actuaciones; acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia...

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