SAP Barcelona 307/2007, 14 de Junio de 2007

PonenteASUNCION CLARET CASTANY
ECLIES:APB:2007:7532
Número de Recurso150/2007
Número de Resolución307/2007
Fecha de Resolución14 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DIECINUEVE

ROLLO Nº 150/2007

JUICIO VERBAL Nº 459/2006

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE VILANOVA I LA GELTRU

S E N T E N C I A N ú m. 307/07

Ilmos. Sres.

D. MIGUEL COLLADO NUÑO

Dª NURIA BARRIGA LOPEZ

Dª ASUNCION CLARET CASTANY

En la ciudad de Barcelona, a 14 de junio de 2007.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Diecinueve de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 459/2006, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Vilanova i la Geltrú, a instancia de VILANOVA CH ELECTRIC S.L., contra Dª Marí Luz ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 15 de diciembre de 2006, por el Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: que ESTIMANDO LA DEMANDA interpuesta por el Procurador de los Tribunales Alberto López-Jurado González, en nombre y representación de VILANOVA CH- ELECTRIC S.L. contra Marí Luz DEBO CONDENAR Y CONDENO a la expresada demandada a pagar a la parte actora la cantidad de 1.059,58.- con imposición a la parte demandada de las costas del juicio".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada, mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante su escrito; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día CATORCE DE JUNIO ACTUAL.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª ASUNCION CLARET CASTANY

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia dictada en la instancia que estima en su integridad la demanda deducida por VILANOVA frente a Dª Marí Luz en ejercicio de acción de reclamación de cantidad por los servicios de electricidad prestados, en concreto los trabajos de instalación provisional y tramitación de la licencia ECA, en la vivienda propiedad de la segunda, y condena a la demandada al pago de 1059,50 Euros, se alza la recurrente interesando la revocación de la sentencia de instancia alegando disentir de la valoración de la prueba en la forma verificada por el Juzgador "a quo" y se desestime la demanda.

SEGUNDO

Plantea, en definitiva, el recurrente, al contradecir las aseveraciones contenidas en la sentencia de primer grado, cuestión en torno a la prueba practicada en el proceso, cuya decisión presupone lograr la correcta valoración de la misma en su conjunto y a la luz de las reglas de la sana critica, única sujeción del proceso lógico de apreciación (Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de diciembre de 1981 ) mediante un exámen crítico, razonado y razonable (Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de Julio de 1985 ) y en el supuesto de que no sea suficiente para derivar a los hechos alegados el efecto jurídico pretendido, decidir el conflicto en función de las reglas sobre la carga de la prueba que, en síntesis, señalan al acreedor como litigante que ha de soportar las consecuencias de la falta de demostración de un hecho normalmente constitutivo de su pretensión (art. 217 LEC y derogado artículo 1214 del Código Civil y Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de mayo de 1980, 7 de marzo de 1983, 16 de septiembre de 1986,...) y al deudor respecto de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR