SAP Madrid, 8 de Junio de 2002

PonenteJOSE GONZALEZ OLLEROS
ECLIES:APM:2002:7452
Número de Recurso338/2000
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

SENTENCIA

En Madrid, a ocho de Junio de dos mil dos.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad nº 342/1997, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Fuenlabrada, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelada BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A., representada por el Procurador D. Cesareo Hidalgo Senen y defendida por el Letrado D. Manuel Laclaustra Arroyo, y de otra, como demandada-apelante Dª Leonor , con D.N.I. nº NUM000 , representada por el Procuradora Dª Mª Teresa Fernández Tejedor y defendida por el Letrado Dª Teresa Marañón Maroto, seguidos por el trámite de juicio de menor cuantía.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. José González Olleros

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Fuenlabrada, en fecha 9 de octubre de 1.998, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando parcialmente la demanda de juicio de Menor Cuantía, interpuesta por la entidad Banco Santander S.A., representada por el procurador Sr. Arcos Sánchez, contra la demandada Dª Leonor , DEBO CONDENAR Y CONDENO a esta a que abone a la parte actora la cantidad de 1.952.472 pesetas, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, así como las costas del procedimiento.".

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que han comparecido ambas partes, substanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

La vista pública celebrada el día 3 de Junio actual, tuvo lugar con la intervención de los Letrados de las partes, quienes informaron en apoyo de sus pretensiones.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación de la apelante Dª Leonor , demandada en primera instancia, se interpone recurso contra la sentencia dictada por el Ilmo.Sr.Magistrado Juez de 1ª inscia. nº 4 de Fuenlabrada, estimatoria de la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por la actora Banco deSantander S.A. contra la referida demandada, denunciando como motivos de apelación, en primer término la nulidad de la póliza de contrato de préstamo por contener cláusulas abusivas, y, en segundo lugar, la improcedente condena al pago de las costas causadas en primera instancia.

SEGUNDO

Insiste la demanda apelante en esta alzada, como primer motivo del recurso, en que la cláusula cuarta de vencimiento anticipado de la póliza de préstamo en que se sustenta la demanda es nula de conformidad con lo dispuesto en el art.10.4 de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, por contravenir lo dispuesto en el art.10.1.c).2º de la misma a tenor del cual "Las cláusulas condiciones o estipulaciones que con carácter general, se apliquen a la oferta, promoción o venta de productos o servicios incluidos los que faciliten las Administraciones Públicas y las Entidades y Empresas de ellas dependientes, deberán cumplir los siguientes requisitos: C) Buena fe y justo equilibrio de las contraprestaciones, lo que entre otras cosas excluye: 2º) las...

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