SAP Madrid, 4 de Marzo de 2002

PonenteLORENZO PEREZ SAN FRANCISCO
Número de Recurso15/2000
Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

SENTENCIA

En Madrid, a cuatro de Marzo de dos mil dos.

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre declarativo de dominio reivindicatorio, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 16 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante COMUNIDADES DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 Nº NUM000 , NUM001 , NUM002 , NUM003 y NUM004 DE MADRID representada por el Procurador Sr. Navarro Gutiérrez y defendida por el Letrado Don José Luis Casajuana Espinosa y de otra, como apelados demandados DON Juan Francisco , DOÑA María Consuelo y AUTO DIFUSIÓN representados por el Procurador Sr. Freixa Iruela y defendidos por el Letrado Don Lorenzo Navarro García, CÍA GENERAL DE VIVIENDAS Y OBRAS, S.A. representada por la Procuradora Sra. Martín-Rico Sanz y defendida por el Letrado Don Fco. Javier Fernández Latorre, AKZO NOBEL COASTING, S.A. (antes Industrias Químicas Procolor, S.A.) representada por el Procurador Sr. Ibañez de la Cadiniere y defendida por el Letrado Don Julio Ichaso Urrea, DOÑA Flor y PERSONAS CON INTERES LEGÍTIMO que por su incomparecencia ante este Tribunal se han entendido las actuaciones en los Estrados del mismo., seguidos por el trámite de menor cuantía.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Lorenzo Pérez San Francisco .

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 16 de Madrid, en fecha 3 de diciembre de 1.999, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta en nombre de COMUNIDAD DE PROPIETRIOS DE LA DIRECCION000 NÚMEROS NUM000 , NUM001 , NUM002 , NUM003 y NUM004 DE MADRID absuelvo de la misma a los demandados D. Juan Francisco , DÑA María Consuelo , AUTO DIFUSION, S.A., CIA GENERAL DE VIVIENDAS Y OBRAS S.A. AKZO NOBEL COASTING, S.A., DÑA Flor Y PERSONAS IGNORADAS CON INTERES LEGÍTIMO, con imposición de costas a la actora".

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron oportunamente las partes excepto Doña Flor y Personas con interes legitimo, substanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

La vista pública celebrada el día 26 de febrero de 2002, tuvo lugar con la asistencia e informe de los Letrados de las partes.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias lasprescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte apelante en el acto de la vista del presente recurso de apelación, sostuvo en primer lugar como fundamento del mismo, que la acción ejercitada no era la reivindicatoria que puede ejercer el propietario no poseedor contra el poseedor no propietario sino por el contrario la acción ejercitada era la meramente declarativa del dominio sobre las fincas a que hace referencia el suplico de la demanda y efectivamente se comprueba que la acción que se ejercita es la meramente declarativa y no la reivindicatoria, por entender la parte recurrente que la posesión del objeto del procedimiento siempre la ha tenido en su poder, si nos encontramos por tanto ante una acción declarativa de dominio lo fundamental y esencial para determinar en el presente pleito, es si existe un título de dominio a favor de la parte actora, y se comprueba le existencia de dicho título de...

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