SAP Madrid, 23 de Febrero de 2000

PonenteJESUS CELESTINO RUEDA LOPEZ
ECLIES:APM:2000:2706
Número de Recurso1194/1997
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

SENTENCIA

En Madrid, a veintitrés de Febrero de dos mil.

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre declaración de un derecho de uso, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 60 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante DOÑA María Esther representada por la Procuradora Sra. Calvillo Rodríguez y defendida por la Letrada Doña Margarita Pastor Fernández y de otra, como apelada demandada COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 Nº NUM000 DE MADRID representada por el Procurador Sr. Ortiz de Apodaca García y defendida por el Letrado Don Antonio Sierra Zúñiga, seguidos por el trámite de menor cuantía.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Jesús C. Rueda López .

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 60 de Madrid, en fecha 28 de octubre de 1.997, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dña Beatriz Calvillo Rodríguez, en representación de Dña María Esther , como actora, contra la Comunidad de Propietarios de la calle DIRECCION000 nº NUM000 , como demandada; no procede efectuar los pronunciamientos interesados en la demanda, sin perjuicio del uso que puede hacer de los elementos comunes de acuerdo con lo establecido en el título constitutivo, Estatutos y lo acordado por la Junta; absolviendo a la parte demandada de los pedimentos formulados por la actora.- Con expresa imposición de costas procesales a la parte actora".

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron oportunamente las partes, substanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

La vista pública celebrada el día 17 de febrero de 2000, tuvo lugar con la asistencia e informe de los Letrados de las partes.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con fundamento legal en los arts. 396 y 394 C.c. la parte actora como propietaria del pisoNUM001 de la finca sita en Madrid c/ DIRECCION000 nº NUM000 interpuso en su día demanda contra la comunidad de propietarios del inmueble instando la declaración de su derecho a utilizar y acceder al patio interior del edificio y al cuarto de contadores y a proceder al tendido de la ropa en él, así como la condena de contrario a la entrega de las llaves de la puerta que da acceso a dichos elementos, dictándose sentencia en la instancia por la que, sin negarse el derecho de la actora al uso...

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