SAP Lleida 386/2001, 4 de Septiembre de 2001

PonenteALBERTO GUILAÑA FOIX
ECLIES:APL:2001:677
Número de Recurso130/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución386/2001
Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Lleida, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 386/01

Ilmos./as. Sres./as.

PRESIDENTE

D.ALBERT GUILANYA FOIX

MAGISTRADOS/AS

D. ALBERT MONTELL I GARCIA

Dª. ANA CRISTINA SAINZ PEREDA

En Lleida, a cuatro de septiembre de dos mil uno

La Sección segunda de esta Audiencia Provincial, constituida por los señores Magistrados anotados al margen, ha visto, en grado de apelación los autos de procedimiento sumario del art. 131 de la Ley Hipotecaria número 131/1999 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Solsona , en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada Port del Comte S.A , representado por la procuradora doña Carmen Gracia Larrosa, y asistido por la letrada doña Merche Calderón Alvillo contra el auto definitivo de fecha 24/11/2000 dictado en el referido procedimiento. Es parte apelada, la demandada Caja de Ahorros de Cataluña, S.A, representada por la Procuradora doña Sagrario Fernandez Graell y asistida por la letrada doña Cristina Delgado Fernández Heredia . Es ponente de esta sentencia el Magistrado Don.ALBERT GUILANYA FOIX

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva del indicado auto dice literalmente así: " DISPOSO: estimar el recurs de reposició interposat contra la provisió de data 23 de juny 00, la qual queda íntegramente revocada , i en conseqüencia ACORDO, seguir endavant amb l'entrega de la possessió de la finca objecte les presents actuacions a la nova adjudicataria"

SEGUNDO

Contra la anterior resolución , la parte demandada, Port del Comte, S.A interpusorecurso de apelación, que el Juzgado admitió en un sólo efecto, y, una vez efectuado el oportuno emplazamiento, remitió testimonio de particulares a esta Audiencia, Sección segunda, ante la que comparecieron .

TERCERO

Formado el rollo y seguido el trámite correspondiente, se celebró la vista del recurso el pasado día cuatro de septiembre de dos mil uno, en la que los Letrados de las partes informaron en defensa de sus respectivas posiciones, tras lo cual quedó el pleito visto para sentencia.

CUARTO

En la tramitación de esta segunda instancia, se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

PRIMERO Efectivamente de acuerdo con la originaria jurisprudencia del Tribunal Constitucional recogida en las Sentencias de 6 de enero de 1992 y de 24 de enero de 1995, era prácticamente imposible proceder al lanzamiento de cualquier tipo de ocupante en procedimiento especial del art. 131 LH. ; no obstante y en palabras de la STC 223/97, de 13 de enero de 1998, dicha doctrina fue restringida por el propio Tribunal en la STC 69/1995 y en el ATC 309/1994, en las que se declara que, en la medida en que aquella primera doctrina había nacido para garantizar el derecho de defensa de aquellos que "prima facie", ostentan un legítimo y aparente título que les legitima para poseer la finca que es objeto de un procedimiento de ejecución hipotecaria, la misma no podía ser aplicada indiscriminadamente a todo poseedor u ocupante afectado por la ejecución hipotecaria, excluyéndose por ello su aplicación en los supuestos en que se alegara un título que hubiera sido calificado por los propios órganos judiciales como fraudulento o extinguido por la ejecución. Los problemas que en la práctica originaba la invocada doctrina llevaron a un pronunciamiento del Pleno del Tribunal en la sentencia 158/1997 de 2 de octubre, que estableció que el proceso del art. 131 de la Ley hipotecaria no impide que los poseedores, en el momento de ser requeridos de desalojo y ulterior lanzamiento, puedan exhibir un título cuya eficacia sólo a efectos de la...

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