SAP Orense 482/2002, 19 de Diciembre de 2002
Ponente | JOSE RAMON GODOY MENDEZ |
ECLI | ES:APOU:2002:1220 |
Número de Recurso | 181/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 482/2002 |
Fecha de Resolución | 19 de Diciembre de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Orense, Sección 1ª |
SENTENCIA NUM 482
En la ciudad de Ourense a diecinueve de Diciembre de dos mil dos.
VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de Juicio ordinario procedentes del Jdo mixto único de Ribadavia seguidos con el n°. 0296/01, rollo de apelación núm. 0181/02, entre partes, como apelante D. Carlos Ramón , representado por el Procurador D. José Antonio González Neira bajo la dirección del Letrado D. JOSE CARLOS VAZQUEZ DELGADO y, como apelado, D. Jesús Manuel , representado por el Procurador D. José Merens Ribao bajo la dirección del Abogado D. FRANCISCO FERNANDEZ PEREZ. Es Ponente el Iltmo. Sr. don José Ramón Godoy Méndez.
Por el Jdo mixto único de Ribadavia, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 22 de marzo de 2002, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por el procurador Sr. GONZALEZ NEIRA en nombre y representación de D. Carlos Ramón , contra D. Jesús Manuel , representado por el procurador Sr. MERENS RIBAO, 1°. DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO al demandado de los pedimentos efectuados en su contra. 2°. Todo ello con empresa imposición de las costas procesales a la parte actora".
Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación de Carlos Ramón recurso de apelación en ambos efectos, y seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.
En la tramitación de este recurso, se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.
Versa la litis, y por ende el recurso, sobre actualización de renta en local de negocio en aplicación de lo prevenido en la Disposición Transitoria Tercera , letra C/, de la Ley de Arrendamientos Urbanos, de 24 de noviembre de 1994.
El actor, en noviembre de 1995 notificó al arrendatario el inicio del proceso de actualización de renta,la cual fue aceptada por el arrendatario, comunicándose por el actor anualmente las distintas fases de la actualización que, a su vez, fueron siendo atendidas por arrendatario, hasta que al tener lugar la sexta fase de actualización, correspondiente al periodo noviembre 2000 a octubre 2001, en el escrito de actualización remitido por el arrendador (sexto periodo de actualización) se introduce una serie de modificaciones respecto de las anteriores de lo que en definitiva resultaba una renta revalorizada diferente y...
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