SAP Castellón 332/2004, 13 de Octubre de 2004

PonenteMARIA VICTORIA PETIT LAVALL
ECLIES:APCS:2004:741
Número de Recurso169/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución332/2004
Fecha de Resolución13 de Octubre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 1ª

SENTENCIA NUM. 332

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. CARLOS DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ

Magistrados:

D. JOSE ALBERTO MADERUELO GARCIA

Dª. Mª VICTORIA PETIT LAVALL

En la ciudad de Castellón, a trece de octubre de dos mil cuatro.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida con los Ilmos. Sres. referenciados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia dictada el día 26 de febrero de 2004 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia núm. 4 de Castellón en el juicio verbal de desahucio seguido en dicho Juzgado con el número de autos 1311/2003.

Son partes en el recurso, como apelante el demandante D. Gaspar , representado por la Procuradora Sra. Viñado Bonet y defendido por el letrado Sr. Hernández Sánchez, siendo apelada el demandado D. Armando representado por la Procuradora Sra. Tomás Fortanet y defendido por la letrada Sra. Monsonís Chordá.

Es Ponente la Ilma. Sra. Dña. Mª VICTORIA PETIT LAVALL

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El fallo de la Sentencia apelada literalmente dice: "Desestimar la demanda de desahucio formulada por la procuradora Sra. Viñado Bonet, en representación de don Gaspar , contra el demandado don Armando , teniendo por enervada la acción de desahucio por este arrendatario, y con imposición al demandante de las costas procesales causadas.- Hágase entrega al demandante de las cantidades consignadas.- Notifíquese a las partes enterándolas de que podrán interponer recurso de apelación...- Asípor esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo".

SEGUNDO

Notificada dicha Sentencia a las partes, por la representación procesal de D. Gaspar , se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación contra la misma del que se dio traslado a la otra parte que se opuso al mismo.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Audiencia y repartidos a esta Sección Primera, por Providencia de 12 de julio de 2004 se acordó la formación del presente Rollo designándose Ponente a la Ilmo. Sr. Magistrado D. David Gericó Sobrevela. Por la Providencia de 1 de septiembre de 2004 se señaló para deliberación y votación del recurso el día 6 de octubre de 2004. Y por Providencia de 13 de septiembre de 2004 se designó nuevo Ponente a la Magistrada Suplente Dª Mª VICTORIA PETIT LAVALL por asistencia a un curso del que venía siéndolo.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

NO SE ACEPTA el Fundamento de Derecho Segundo de la Sentencia apelada.

PRIMERO

Por la representación de Don Gaspar se presenta demanda de desahucio por falta de pago contra D. Armando , en su calidad de arrendatario, reclamando las rentas vencidas y no satisfechas de la vivienda (chalet unifamiliar) sito en la C/ DIRECCION000 nº NUM000 - NUM001 , del Grao de Castellón, correspondientes a los meses de junio a noviembre de 2003, por importe total de 540,90 euros (90,15 euros/mes), más los intereses legales y costas. La sentencia de instancia desestima la demanda de desahucio, e impone las costas al demandante, considerando enervada la acción conforme al art. 22.4 LEC puesto que sólo quedaban pendientes de pago las rentas a partir de agosto de 2003, y no la totalidad de las reclamadas, ya que el demandado había pagado las correspondientes a junio y julio de 2003, así como por cuanto consignó la totalidad de las rentas pendientes debidas a fecha del juicio. Y además, el demandante-arrendador no requirió de pago al arrendatario con los meses de antelación exigidos por dicho precepto para evitar...

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