SAP Albacete 283/2002, 18 de Noviembre de 2002

PonenteEDUARDO SALINAS VERDEGUER
ECLIES:APAB:2002:1034
Número de Recurso186/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución283/2002
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 1ª

SENTENCIA NUM.283 EN NOMBRE DE S.M.EL REY

Ilmos.Sres.

Presidente

Don Eduardo Salinas Verdeguer

Magistrados

Don José García Bleda

Doña Carmen Gonzalez Carrasco

En Albacete a dieciocho de noviembre de dos mil dos. VISTOS en esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los autos nº 08/01 de juicio Ordinario seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia numero 2 de Almansa y promovidos por Gaspar contra Abelardo ;cuyos autos han venido a esta Superioridad en virtud de recurso de

apelación que, contra la sentencia dictada en fecha 6 de abril de 2002 por el Sr. Juez de Primera Instancia de dicho Juzgado, interpuso el referido demandante. ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO en lo necesario los antecedentes de la sentencia apelada; y

  1. - Por el citado Juzgado se dictó la referida sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: que estimando la excepción deprescripción opuesta por la parte demandada, DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO la demanda interpuesta por laProcuradora Sra. Medina Vallés, en nombre y representación de DON Gaspar ; contra DON Abelardo , sobre reclamación

    de cantidad por importe de 30.398500 pesetas y, en consecuencia, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO al referido demandado de todos los pedimentos de la misma, todo ello con expresa imposición de costas a la parte actora."

  2. - Contra la Sentencia anterior se interpuso recurso de apelación por el

    demandante, representado por medio del Procurador Sra Medina Valles, bajo la dirección del Letrado Don Emilio Sánchez Barberán, mediante escrito de interposición presentado ante dicho Juzgado en tiempo y forma, y emplazadas las partes, por la

    demandada, representada por el Procurador Sr. Arraez Briganty, bajo la dirección del

    Letrado D. Antonio Navarro García se presentó en tiempo y forma ante el Juzgado de Instancia escrito oponiéndose al recurso de apelación elevándose los autos originales a esta Audiencia para su resolución. Habiéndose celebrado la vista pública de la apelación por haberlo solicitado la representación del apelante, el dia 5 de noviembre

    de 2002, a las 10'45 horas, en cuyo acto informaron por su orden los Letrados directores de ambas partes, en apoyo de sus respectivas pretensiones.

  3. - En la sustanciación de los presentes autos se han observado las

    prescripciones legales.

    VISTO siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente Don Eduardo Salinas Verdeguer.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la sentencia recurrida se desestimó la reclamación de cantidad derivada de un vínculo contractual, estimando que había prescrito como opuso la parte demandada. El actor, como recurrente, pide que se estime la demanda, pues considera que el contrato hay que calificarlo como arrendamiento o, en todo caso, coma compra mercantil, con lo que, en su opinión, no se aplicaría el plazo de prescripción tenido en cuenta en la sentencia de 3 años del artículo 1967-cuarto del Código Civil.

SEGUNDO

Con la prueba practicada, acertadamente valorada por el Juez de instancia, se ha acreditado que en el contrato que sustenta la acción, se pactó la entrega de la posesión de diversas máquinas para la confección de calzado a cambio de la entrega de una cantidad de dinero inicial, más pagos mensuales sucesivos de dinero y que, al terminar, la maquinaria que sería propia de la parte que había pagadoel dinero....

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