SAP Cantabria 422/2002, 12 de Diciembre de 2002

PonenteEDUARDO SAIZ LEÑERO
ECLIES:APS:2002:2402
Número de Recurso294/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución422/2002
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 4ª

SENTENCIA NUM. 422/02

Ilma. Sra. Presidente

Doña María José Arroyo García

Ilmos. Srs. Magistrados

Don Joaquín Tafur López de Lemus

Don Eduardo Saiz Leñero.

En la Ciudad de Santander, a doce de diciembre de dos mil dos.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de juicio VERBAL 9/02, Rollo de Sala núm. 294/02, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Medio Cudeyo.

En esta segunda instancia ha sido parte apelante la entidad " SUMINISTROS INDUSTRIALES CUDEYO SL. ", representada por el Procurador Sr. PEÑA BERNARDO, y parte apelada el "AYUNTAMIENTO DE MARINA DE CUDEYO", representado por la Procuradora Sra. ESCUDERO ALONSO.

Es ponente de ésta resolución el Ilmo. Sr. D. Eduardo Saiz Leñero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Medio Cudeyo, y en los autos ya referidos, se dictó en fecha 18 de Marzo de 2002, Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Escudero Alonso, en nombre y representación del EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MARINA DE CUDEYO, contra la entidad " SUMINISTROS INDUSTRIALES CUDEYO SL.", DEBO DECLARAR Y DECLARO HABER LUGAR AL DESAHUCIO por falta de pago de las rentas derivadas del contrato de arrendamiento suscrito entre las partes en fecha de 1 de septiembre de 1998, sobre los locales señalados con los números 5 y 6 ubicados en el Ferial de Ganados " Trasmiera", sito en el pueblo de Orejo, término municipal de Marina de Cudeyo (Cantabria).

En consecuencia, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la entidad "SUMINISTROS INDUSTRIALES CUDEYO, SL." a que deje las citadas fincas libres, vacuas y expeditas, a disposición de la parte actora, apercibiéndole de lanzamiento sino lo verifica.Asimismo, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la entidad " SUMINISTROS INDUSTRIALES CUDEYO, SL." a pagar a la demandante la cantidad de dos mil cien euros con cuarenta y cinco céntimos de euro (2.100,45 euros, equivalentes a 349.485 ptas.) más los intereses legales del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de esta Sentencia hasta el completo pago.

Todo ello con imposición de las costas procesales a la demandada.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia, e impugnado por la parte apelada. Llegados los autos a la Audiencia Provincial, y turnados a esta Sección Cuarta, se señaló para deliberación y fallo.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Mal se puede aducir por la entidad ahora apelante, ante el ejercicio acumulado, por parte del Ayto. demandante, de las acciones de desahucio y de reclamación de rentas vencidas y no pagadas (posibilidad a que se refiere el art. 438.3, , de la LEC.), derivadas del contrato arrendaticio, sobre edificación destinada a uso distinto del de vivienda, que venía vinculando a las partes, el incumplimiento, imputado...

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