SAP Madrid 675/2004, 19 de Noviembre de 2004

PonenteEPIFANIO LEGIDO LOPEZ
ECLIES:APM:2004:14891
Número de Recurso507/2004
Número de Resolución675/2004
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª

D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZD. NICOLAS PEDRO MANUEL DIAZ MENDEZD. RAMON RUIZ JIMENEZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19

MADRID

SENTENCIA: 00675/2004

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 19

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98

N.I.G. 28000 1 7007597 /2004

ROLLO: RECURSO DE APELACION 507 /2004

JUICIO VERBAL 1215 /2003

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 44 de MADRID

Apelante/s: GOMEZ-ACEBO & POMBO, S.C.P.

Procurador: EVENCIO CONDE DE GREGORIO

Apelado/s: Rogelio

Procurador: CAYETANA DE ZULUETA LUCHSINGER

SENTENCIA Nº 675

Ponente: Ilmo. Sr. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. NICOLAS DIAZ MENDEZ

D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

D. RAMON RUIZ JIMENEZ

En MADRID a, diecinueve de noviembre de dos mil cuatro .

La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio verbal 1215/03, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 44 de Madrid, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala 507/04, en el que han sido partes, como apelante-demandante, Gómez- Acebo & Pombo SCP (Sociedad Civil Profesional), que estuvo representada por el Procurador Sr. Conde de Gregorio; y de otra, como apelado-demandado, D. Rogelio, que vino al litigio representado por la Procuradora Sra. de Zulueta Luchsinger, habiendo estado ambas partes defendidas por Letrado.

VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y

PRIMERO

Con fecha 22 de abril de 2004 el Juzgado de 1ª Instancia nº 44 de Madrid en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que desestimo la demanda interpuesta en nombre de "Gómez Acebo & Pombo SCP" y absuelvo de la misma al demandado, D. Rogelio, con imposición de las costas de este juicio a la demandante".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Gómez-Acebo & Pombo SCP, que formalizó adecuadamente (folio 98 y ss) y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, que se opuso al mismo (147 y ss), remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal en el que tuvieron entrada en 3-09-2004, abriéndose, de inmediato, el correspondiente rollo de Sala, que se recibió a prueba para practicar la documental que se había unido al escrito de interposición del recurso por la representación de la parte actora-apelante.

TERCERO

La vista pública se celebró el quince de los corrientes, 10:15 horas, a cuyo acto asistieron los Letrados de los litigantes y sus respectivos Procuradores, que, tras valorar la prueba practicada ante este Tribunal, mantuvieron su posicionamiento jurídico de los escritos de interposición del recurso devolutivo y de oposición al mismo, habiéndose observado en esta alzada las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada que se sustituyen por los siguientes

PRIMERO

D. Rogelio celebró contrato verbal de arrendamiento de servicios con la sociedad civil profesional Gómez-Acebo & Pombo para que Letrados adscritos a ésta última le asesorasen sobre la obtención de recalificación urbanística de finca rústica situada en el término municipal de Chinchón....

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