SAP Albacete 9/2003, 18 de Enero de 2003
ECLI | ES:APAB:2003:46 |
Número de Recurso | 302/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 9/2003 |
Fecha de Resolución | 18 de Enero de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Albacete, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
ALBACETE
SENTENCIA: 00009/2003
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION 2ª
ALBACETE
Rollo: RECURSO DE APELACION 302 /2002
Autos num. 186 DE 2002
JUZGADO MIXTO NUM. 7 DE ALBACETE
SENTENCIA NUM. 9/2003
Ilmos. Sres. Magistrados:
Presidente:
ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA
Magistrados:
FRANCISCO CAÑAMARES PABOLAZA
JOSÉ GARCIA BLEDA
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
En ALBACETE, a dieciocho de Enero de dos mil tres.
VISTOS, ante esta Audiencia Provincial, en apelación admitida a la parte demandante, los autos de Juicio Ordinario, seguidos en el Juzgado Mixto num. 7 de Albacete, a instancia de Serafin , representado por el/la Procurador/a D/DÑA. MARGARITA GOMEZ MORENO, y dirigido por Letrado, contra Baltasar , representado por el/la Procurador/a D/DÑA. TRINIDAD CANTOS GALDAMEZ, y dirigido por Letrado.-
ACEPTANDO, los antecedentes de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice así: Desestimo la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Gomez Moreno en nombre y representación de Don Serafin contra Don Baltasar , representado por el Procurador Sr. Cantos Galdamez, a quien absuelvo de las pretensiones deducidas contra el mismo, con expresa condena en costas a la parte actora.-
La relacionada Sentencia de 25 de Junio de 2002, se recurrió en apelación por la parte demandante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes y seguidos los demás trámites, se señaló día y hora para la votación y fallo de la apelación.-
Que en la sustanciación de los presentes autos, en ambas instancias se han observado las prescripciones legales.-
VISTO, siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. D. ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA.-
Aceptando los fundamentos jurídicos de la resolución impugnada, con la salvedad que luego se dirá, y
La acción ejercitada, de resolución de contrato de arrendamiento de local de negocio, por no concurrir las causas y no haberse cumplido las formalidades exigibles para la subrogación, por fallecimiento de la inicial arrendataria, es desestimada en la instancia y frente ella se alza la actora reproduciendo su inicial pretensión.
Para un correcto análisis de la cuestión planteada es preciso hacer un análisis histórico de lo acaecido: A) Regina era arrendataria del local de negocio propiedad de la parte actora, B) el negocio explotado en el citado local es el de expendeduría de tabaco (estanco), C) que la arrendataria falleció el 3-10-2001, D) que la misma por escritura pública de 21-11-2000 designó a su nieta Sofía para sucederle en la titularidad de la expendeduría referida por actos intervivos y previos los trámites reglamentarios, E) que Sofía notifica en 23-10-2001 a la parte actora que como...
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ATS, 23 de Enero de 2007
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