SAP León 266/2004, 11 de Octubre de 2004

PonenteANTONIO MUÑIZ DIEZ
ECLIES:APLE:2004:1284
Número de Recurso309/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución266/2004
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 2ª

SENTENCIA NUM. 266-04

ILMOS. SRES.:

D. MANUEL-ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.- Presidente Accidental

D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.- Magistrado

D. PEDRO ÁLVAREZ-SANCHEZ DE MOVELLAN.- Magistrado Suplente

En León, a once de octubre de dos mil cuatro.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 002 de la Audiencia Provincial de LEON, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 286 /2003, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N º . 4 de LEON, a los qu e ha correspondido el Rollo 309/2004 , en los que aparece como parte apelante D. Amanda , y como apelado D. Jose María , HERENCIA YACENTE O ACEPTADA DE Jose Ángel , sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el Juzgado antes expresado, se dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Doña Carmen de la Fuente González en nombre y representación de Amanda contra Jose María y Herencia Yac ente o aceptada de Jose Ángel , debo declarar y declaro no haber lugar a la misma, absolviendo a los demandados de las pretensiones formuladas en su contra, con expresa imposición de costas a la parte actora.

SEGUNDO

Contra la relacionada sentencia que lleva fecha 4 de febrero de 2004 , se interpuso recurso por la parte apelante, y dado traslado a la parte apelada ante el Juzgado, por está se opuso al mismo, remitiéndose las actuaciones a esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial, señalándose para la deliberación de la vista, el pasado 8 de octubre de 2004.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El juicio Ordinario del que trae causa el recurso de apelación a examinar se inició por demanda formulada por Dª Amanda , al amparo del articulo 1902 del Código Civil , en la que se ejercitaba acción en reclamación de la suma de 4.899,27 euros, que importan los trabajos y obras necesarias de reparación los daños originados en la vivienda sita en la CALLE000 nº NUM000 , NUM001 NUM002 , de la Ciudad de Oviedo, y cuya producción se imputa al hecho de haber permanecido en su interior el cadáver del arrendatario D. Jose Ángel , durante casi un mes hasta que fue hallado por la policía. La demanda se interpuso contra D. Jose María , como heredero legítimo de D. Jose Ángel , que ha permanecido en rebeldía, y contra la herencia yacente y presuntos herederos del mismo.

La sentencia de primera instancia desestimó íntegramente la demanda.

Contra la referida sentencia ha recurrido en apelación la demandante.

SEGUNDO

Se dirige la impugnación de la sentencia a evidenciar la concurrencia de lo requisitos que integran la culpa extracontractual regulada en el articulo 1902 del Código Civil : acción u omisión ilícita; daño causado; culpabilidad y nexo causal, y que negados en aquella llevan al juzgador a quo a la desestimación de la demanda.

Con carácter previo, debe señalarse que no cabe compartir la tesis que mantiene el juzgador de instancia de que existiendo una relación contractual arrendaticia entre la actora, como arrendadora y el fallecido D. Jose Ángel , la acción ejercitada debió de fundarse en los preceptos reguladores de la culpa contractual y ello por cuanto, con independencia de que es doctrina comúnmente aceptada que la culpa contractual y la extracontractual responden a un principio común de derecho y a la misma finalidad reparadora comprendido en el concepto genérico que a la obligación de indemnizar asigna el art. 1106 CC, por lo que el art. 1104, dictado para los casos de culpa contractual, es aplicable a la obligación nacida de culpa aquiliana o extracontractual, de ahí que cuando un hecho dañoso viola una obligación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR