SAP Asturias 212/2003, 13 de Mayo de 2003

PonenteRAFAEL MARTIN DEL PESO
ECLIES:APO:2003:1846
Número de Recurso164/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución212/2003
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 212/03

Rollo: RECURSO DE APELACION 164 /2003

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. José Antonio Seijas Quintana

MAGISTRADOS

D. Guillermo Sacristán Represa

D. Rafael Martín del Peso

En OVIEDO, a trece de Mayo de dos mil tres.

VISTOS, en grado de apelación por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario de Retracto 333/02, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Número 4 de Avilés, Rollo de Apelación 164/03, entre partes, como Apelante/s, Dolores , Luis Miguel , Ana María , Rebeca , Margarita y Leticia , y como Apelado/s Empresa Nacional Siderúrgica, S.A. e Infoinvest, S.A..

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado 4 de Avilés dictó Sentencia en los autos referidos con fecha diecisiete de enero de dos mil tres cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Nogueroles Andrada en nombre y representación de Dª Dolores , D. Luis Miguel , Dª. Ana María , Dª. Rebeca , Dª. Margarita y Dª. Leticia , representados todos ellos por la Procuradora de los Tribunales Sra. Nogueroles Andrada contra INFOINVEST S.A., representada por el Procurador Sr. Gutiérrez Alonso y ENSIDESA, representada por el Procurador Sr. Arrojo Vega debo absolver y absuelvo a las demandadas de las pretensiones frente a ellas ejercitadas, condenado a la parte actora al pago de las costas".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.CUARTO.- En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Rafael Martín del Peso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El análisis del derecho que se ejercita en la demanda y la solución jurídica que ha de darse a la controversia planteada ha de hacerse en atención a la causa de pedir invocada (artículo 218 Ley de Enjuiciamiento Civil), de las que extraer las consecuencias que en derecho proceden. La parte actora insta una acción de retracto fundada en el artículo 1521 del Código Civil, no las secuelas indemnizatorias derivadas de un derecho de opción de compra, cuestión ésta importante para solventar el problema litigioso, como se verá, que se funda en lo siguiente: A los actores, arrendatarios y subrogados en los derechos de arrendamiento de determinados inmuebles sitos en La Rocica (Avilés), se dice les fue concedido como derecho inherente al Acuerdo sobre cobertura socio -laboral para trabajadores excedentes suscrito en Madrid en julio de 1985 un derecho de opción de compra sobre el inmueble ocupado como arrendatarios, perteneciente a ENSIDESA a ejercitar, como señala la estipulación 5ª del acuerdo en el momento en que ésta decida vender el inmueble, lo que ha ocurrido en...

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