SAP Sevilla, 1 de Marzo de 2004

ECLIES:APSE:2004:873
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 8ª

1

or04-1026

AUDIENCIA PROVINCIAL. Sección 8ª

SEVILLA

Prado de San Sebastián, s.n.

Proc. Origen: Juicio Ordinario número 151/03

Juzgado: de Primera Instancia número 21 de Sevilla

Rollo de Apelación: 1026/04 A

SENTENCIA Nº

Ilustrísimo Señor Presidente:

D. JOSE MARIA FRAGOSO BRAVO

Ilustrísimos Señores Magistrados:

D. JOAQUÍN PABLO MAROTO MÁRQUEZ

D. MANUEL ALONSO NUÑEZ

En SEVILLA, a 01 de Marzo de 2004 .

La Sección 8ª de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital constituida por los Ilustrísimos Señores que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos de carácter civil tramitados como Juicio Ordinario con el número 151/03 por el Juzgado de Primera Instancia número 21 de Sevilla en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación de FENACO ANDALUCIA contra la sentencia dictada por el Juzgado referido el 28 de Octubre de 2003.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 21 de Sevilla se dictó sentencia de fecha 28 de Octubre de 2003, que contiene el siguiente FALLO: " ESTIMAR la demanda interpuesta por D. Rodrigo contra Fenaco Andalucía y DECLARO NULA la convocatoria efectuada por la demandada de la Asamblea General Extraordinaria celebrada en fecha de 8 de Febrero de 2003, así como también de los acuerdos adoptados en el seno de la misma. Asimismo, CONDENO a la parte demandada al abono de las costas del presente procedimiento.

SEGUNDO

Notificada a las partes la resolución de referencia, se interpuso recurso de apelación contra ella, el cual se preparo e interpuso por escrito en tiempo y forma ante el Juzgado "a quo", dándose traslado del mismo a la otra parte que presento escrito de oposición , ordenándose la remisión a este Tribunal de los autos, que una vez recibidos se registraron y designo ponente, señalándose deliberación, votación y fallo.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales

CUARTO

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don JOAQUÍN PABLO MAROTO MÁRQUEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia recurrida, y

PRIMERO

La demanda promovida, en solicitud de declaración de nulidad de la convocatoria efectuada por la entidad demandada de la Asamblea General extraordinaria de 8 de feberero de 2003, donde se adoptaron una serie de acuerdos ,cuya nulidad igualmente se pide, es estimada en su totalidad por la sentencia que revisamos, ya que el Presidente de dicha entidad, se afirma, carecía de legitimación para convocar sus juntas, pues estaba sometido a expediente disciplinario, con suspensión cautelar de funciones a nivel nacional, donde la demandada se integra y porque los acuerdos adoptados contrariaban los derechos de audiencia relativos a las personas afectadas ya que respecto a una-la actora- se...

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