AAP Madrid 312/2003, 10 de Julio de 2003
ECLI | ES:APM:2003:8386 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 312/2003 |
Fecha de Resolución | 10 de Julio de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª |
CG
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN SEGUNDA
MADRID
Rollo: APELACION PROCTO. ABREVIADO 35 /2003
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 463 /2001
Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 9 de MADRID
S E N T E N C I A Nº 312/03
ILMAS. SRAS.
PRESIDENTA DÑA. SUSANA POLO GARCÍA
MAGISTRADO D. JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO
MAGISTRADO D. EDILBERTO GALÁN PARRILLA
En MADRID, diez de Julio de dos mil tres.
VISTO, por esta Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. Eduardo Carlos Muñoz Barona, en representación de Donato , contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 9 de Madrid, siendo parte apelada el Abogado del Estado. Actuando como ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. EDILBERTO GALÁN PARRILLA.
En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 26/02/02, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: >FALLO: Que debo condenar y condeno al acusado/a, D/Dª. Donato , como autor de un delito contra la seguridad del tráfico sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal a la pena de tres meses multa con una cuota diaria de 3 euros, con la responsabilidad penal subsidiaria prevista en el art. 53 del CP., a la pena de privación del permiso de conducir vehículos excluidos los ciclomotores durante un año y un día y al pago de las costas devengadas en este procedimiento y a que indemnice al Ministerio de Fomento en la cantidad de 104.633 ptas. (628,86 euros) cantidad ya consignada por el acusado, cantidad que devengará el interes previsto en el art. 576 de la LEC.
Procede declarar la responsabilidad civil directa de La Estrella S.A. y la responsabilidad civil subsidiaria de Servicios Informaticos y Consulting S.A.
Para el cumplimiento de la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de la multa impuesta al acusado, se declara de abono el tiempo de privación de libertad sufrido a resultas de los hechos ahora enjuiciados.
Una vez firme la presente resolución, déjense sin efecto las medidas cautelares adoptadas contra los acusados en el presente procedimiento.
Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada a la cual nos remitimos.
Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.
Dado traslado del escrito de formalización del recurso a la parte apelada, se presentó escrito de impugnación en base a la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación.
Por el Juzgado de lo penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los Autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para...
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