SAP Córdoba 420/2007, 20 de Noviembre de 2007

PonenteANTONIO FERNANDEZ CARRION
ECLIES:APCO:2007:1730
Número de Recurso377/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución420/2007
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Córdoba, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 420/07

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA

SECCIÓN PRIMERA

Iltmos. Sres.:

PRESIDENTE:

D. ANTONIO FERNÁNDEZ CARRION

Magistrados:

D. JOSE MARIA MAGAÑA CALLE

D. PEDRO ROQUE VILLAMOR MONTORO

APELACION CIVIL

Juzgado de 1ª INSTANCIA Nº 4 DE CORDOBA

JUICIO ORDINARIO 187/07

Rollo: 377/07

En Córdoba, a veinte de noviembre de dos mil siete.

La Sección Primera de esta Audiencia ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en los autos referenciados, siendo parte apelante HOTEL CORDOBA CENTER S.L.U, representado por la Procuradora Sra. Rodríguez Contreras y asistido por el Letrado Sr. Castilla Fernández, siendo parte apelada D. Jose Francisco representado por la Procuradora Sra. Novales Duran y asistido del Letrado Sr. García Manrique y García da Silva, pendientes en esta Sala en virtud de la apelación interpuesta, siendo Ponente del recurso el Ilmo. Sr. Magistrado de esta Audiencia Provincial DON ANTONIO FERNÁNDEZ CARRION.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los de la resolución recurrida y

PRIMERO

Seguido el juicio por su trámite, se dictó sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de Primera Instancia nº 4 de Córdoba con fecha 27 de junio de 2007, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que estimando parcialmente la demanda presentada por el procurador Sra. Novales Durán, en nombre y representación de D. Jose Francisco, contra Hoter Córdoba Center, S.L.,

Debo condenar y condeno al demandado a pagar al actor la cantidad de 9.750 euros.

La cantidad objeto de condena devengará el interés legal del dinero desde el 26 de diciembre de 2006, interés que se incrementará en dos puntos desde la fecha de la presente resolución.

Cada parte pagará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde recibido y turnado, se señaló día para deliberación que ha tenido lugar el 29 de octubre de 2007.

TERCERO

En la tramitación de esta alzada se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Se aceptan en su totalidad los de la sentencia apelada y

PRIMERO

Se alega por la entidad apelante como motivos de su recurso error sobre la interpretación del art. 1783 del Código Civil y la información de las distintas cajas de seguridad y falta de constancia al hotel de los valores demandados, finalizando con la solicitud de que se revoque la sentencia apelada y se desestimen los pedimentos de la demanda con imposición de costas a la actora.

Tales alegaciones y subsiguiente petición revocatoria deben ser desestimadas.

No se...

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