SAP Madrid, 17 de Abril de 2000

PonentePURIFICACION MARTINEZ MONTERO DE ESPINOSA
ECLIES:APM:2000:6032
Número de Recurso437/1998
Fecha de Resolución17 de Abril de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a diecisiete de Abril de dos mil.

La Sección Vigésima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio de cognición sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelada Instituto Nacional de la Salud, y de otra, como demandada-apelante Mutua Madrileña de Taxis, Sociedad Mutua de Seguros a Prima Fija.

VISTO, siendo Magristrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Purificación Martínez Montero de Espinosa .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Madrid, en fecha 3 de marzo de 1.998, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Insalud, contra Mutua Madrileña de Taxis, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 250.676 ptas. más los intereses legales que ascienden a la cantidad de 2.822 ptas., así como al abono de las costas procesales causadas.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada, quien presentó escrito impugnándolo. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia; y quedando el procedimiento pendiente de resolución, se señaló para deliberación y votación, lo que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia recurrida.

PRIMERO

Por la parte actora Instituto Nacional de la Salud se ejercita acción de condena contra la Mutua Madrileña de Taxis, y le reclama 250.676 pesetas de principal, en concepto de asistencia sanitaria prestada a Don Carlos Francisco , en el hospital de la Seguridad Social "La Paz" de Madrid, como consecuencia de las lesiones sufridas al haber sido atropellado el día 10 de septiembre de 1.984, en dicha localidad, por el automóvil matrícula D-....-XR , asegurado en la entidad demandada; a cuyo fin ha promovido demanda de juicio declarativo ordinario de cognición, ateniéndose a la cuantía en el mismo reclamada.

La parte demandada se ha opuesto a dicha pretensión, aduciendo, en primer término, inadecuación de procedimiento, por ejercitarse una acción de responsabilidad extracontractual derivada de un hecho de lacirculación, por lo que debería seguirse el juicio verbal civil, establecido conforme a la Disposición Adicional Primera de la Ley Orgánica 3/1.989, de actualización del Código Penal; y, en segundo lugar, la prescripción de la misma, puesto que, al haberse promovido la demanda el día 23 de diciembre de 1.997, ha transcurrido con exceso el plazo de un año previsto por el nº 2 del artículo 1.968 del Código Civil, dado que, como ya se ha expuesto, la acción ejercitada se basa en el artículo 1.902 del citado Código.

Por la Juez "a quo" se ha dictado sentencia por la que se ha estimado íntegramente la demanda al considerar,...

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