SAP Madrid, 1 de Diciembre de 2000

PonenteMARIA JOSE DE LA VEGA LLANES
ECLIES:APM:2000:16698
Número de Recurso856/1998
Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a uno de Diciembre de dos mil.

La Sección Vigésima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelada, Comunidad de Propietarios de la casa nº NUM000 de la calle DIRECCION000 de Madrid, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Mª Dolores De La Plata Corbacho, y defendida por el Letrado D. Edgardo Vallejo Süllwald; y, de otra, como demandada-apelante, Comunidad de Propietarios del garaje del nº NUM000 de la calle DIRECCION000 de Madrid, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Marta López Barreda, y defendida por el Letrado D. Carlos Capiroli Conte; seguidos por el trámite de juicio de menor cuantía.

VISTO, siendo Magristrado Ponente la Ilma. Sra. Dª María José de la Vega Llanes .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Madrid, en fecha 20 de marzo de 1.998, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios de la finca sita en la c/ DIRECCION000 , NUM000 de esta capital contra la Comunidad de Propietarios del Garaje de la misma finca, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 2.041.695 ptas., más los intereses legales de dicha suma desde la interposición de la demanda, desestimando la reconvención formulada de contrario y absolviendo a la actora de dicha pretensión con imposición a la demandada de las costas derivadas de demanda y reconvención.".

SEGUNDO

Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la demandada, que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que han comparecido las partes litigantes, sustanciándose por sus trámites legales.

TERCERO

La vista pública tuvo lugar con la asistencia de las representaciones de las partes, que solicitaron la revocación y la confirmación, respectivamente, de la sentencia impugnada.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Comunidad de Propietarios de la calle DIRECCION000 nº NUM000 de Madrid interpuso la demanda inicial del presente procedimiento contra la Comunidad del Garaje ubicado en el mismo inmueble, en reclamación de cuotas y gastos generales, previamente aprobados por la Junta dePropietarios. Ésta se opuso alegando, 1º) falta de legitimación pasiva, dado que la naturaleza de la comunidad de propietarios era de carácter...

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