SAP Castellón 51/2005, 14 de Marzo de 2005

PonenteJOSE LUIS ANTON BLANCO
ECLIES:APCS:2005:253
Número de Recurso3/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución51/2005
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 2ª

SENTENCIA CIVIL NÚM.51/05

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE: Dª ELOÍSA GÓMEZ SANTANA

MAGISTRADO: D. JOSÉ LUIS ANTÓN BLANCO

MAGISTRADO: Dª CRISTINA DOMENECH GARRET

En la Ciudad de Castellón de la Plana, a catorce de marzo de 2005.

La SECCION SEGUNDA de la Audiencia Provincial de Castellón, integrada por los Ilmos. Señores anotados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 31 de Mayo de 1998 dictada por el Sr. Juez de 1ª Instancia del Juzgado nº Uno de Villarreal en autos de juicio de Cognición seguidos en dicho Juzgado con el número ocho de 1997 de registro .

Han sido partes en el recurso, como APELANTE, la demandada doña Beatriz representado por la Procuradora doña Esperanza Nebot Granero y defendido por la Letrada doña Alicia Amorós Bellmunt y como APELADO la demandante doña Olga representado por la Procuradora doña Inmaculada Tomás Fortanet y defendido por el Letrado don José Ignacio Monferrer Daudi y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don JOSÉ LUIS ANTÓN BLANCO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El fallo de la sentencia apelada literalmente dice: "Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Doña Inmaculada Tomás Fortanet en representación de Doña Olga , debo condenar y condeno a Doña Beatriz a que abone a la actora la cantidad de Quinientas mil pesetas (500.000.-Ptas)más los intereses legales desde la fecha de interpelación judicial, con expresa imposición de las costas procesales a la demandada".

SEGUNDO

Notificada dicha Sentencia a las partes, por la representación de la demandada doña Beatriz se interpuso recurso de apelación contra la misma, y admitido que fue el recurso se dio traslado a laparte adversa quien lo impugnó, remitiéndose las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial correspondiendo por normas de reparto a esta Sección Segunda, donde se designó Ponente y se señaló para la deliberación y votación del mismo el día 07 de marzo de 2005 en el que ha tenido lugar.

TERCERO

En la tramitación del juicio se han observado en ambas instancias las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Habiendo estimado la demanda la acción personal de reclamación cantidad que trae causa de un contrato de compraventa ex art. 1.445 y art. 1500 CC y por la que se reclama la parte de precio de lo vendido que aun falta por abonar (500.000 pts), se alza en apelación la demandada interesando la nulidad de actuaciones con retroacción al momento en que el Juzgado debió acceder a la solicitud de la parte actora interesando la citación por segunda vez bajo la posibilidad que ofrecía el art. 43 del D. de 21de Nov. de 1952 .

La parte apelada se opone al recurso.

SEGUNDO

La pretensión de nulidad que se trae a nuestra consideración exhibe un alto grado de temeridad si tenemos en cuenta, primero, que se pide una nulidad en función de una ssupuesta irregularidad procesal, sin aludir en ningún momento al requisito fundamental ex art 238.3 LOPJ del tipo de indefensión que se habría causado a la demandada con semejante irregularidad cuando, al contrario, bien parece que si a alguien pudo perjudicar la negativa a la segunda citación ex art. 43 del D. de 21 de nov. de 1952 es a la parte actora que era quien lo solicitaba, y era quién -quien como única legitimada, nunca la demandada para defender lo interesado en principio por el adverso- podría haber interesado que se tuviera por conforme a la demandada con los hechos de la demanda; y segundo, que se tiene reconocido por la demandada en prueba de confesión los hechos de la demanda, aludiendo a que si no paga la deuda -admitida- es porque no puede, de modo que resulta paradójico que ahora persiga la nulidad del juicio.

Ya...

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