SAP Asturias 480/2002, 22 de Julio de 2002
Ponente | VICTOR COVIAN REGALES |
ECLI | ES:APO:2002:2990 |
Número de Recurso | 359/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 480/2002 |
Fecha de Resolución | 22 de Julio de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 7ª |
D. MÁXIMO ROMÁN GODAS RODRÍGUEZD. JOSÉ LUIS CASERO ALONSOD. VÍCTOR COVIÁN REGALES
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN SÉPTIMA
GIJÓN
Rollo: RECURSO DE APELACION 359/2002
SENTENCIA Núm. 480/02
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE: D. MÁXIMO ROMÁN GODAS RODRÍGUEZ
MAGISTRADOS: D. JOSÉ LUIS CASERO ALONSO
D. VÍCTOR COVIÁN REGALES
En GIJÓN, a veintidós de julio de dos mil dos.
VISTOS, por la Sección 7ª de esta Audiencia Provincial los presentes autos de Verbal 702/01, Rollo núm. 359/02, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. e; entre partes, como apelante REALE AUTOS Y SEGUROS GENERALES, S.A. representado por el Procurador D. Joaquín Morilla Otero bajo la dirección letrada de D. Joaquín Corona Collado, como apelado COMUNIDAD DE PROPIETARIOS CASA000 NUM000 AVILÉS, representado por el Procurador D. Mateo Moliner González.
El Juzgado de Primera Instancia núm. 4 dictó en los referidos autos Sentencia de fecha 9 de enero de 2.002, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Mateo Moliner González, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de c/. CASA000 n°. NUM000 de Avilés, contra la entidad mercantil "Reale, Autos y Seguros Generales, S.A." que fue representada por el Procurador D. Joaquín Morilla Otero, debo acordar y acuerdo lo siguiente:
-
- Se condena a Reale, Autos y Seguros Generales, S.A." a satisfacer a la actora la cantidad e cuatrocientas cuarenta mil setenta y nueve pesetas (440.079 ptas.), lo que supone dos mil seiscientas cuarenta y cuatro euros con noventa y dos céntimos (2.644,92 euros) más los intereses legales generados por dicha cantidad, contados desde la fecha de la interpelación judicial.
-
Se condena a "Reale, Autos y Seguros Generales, S.A." a satisfacer el total de las costas causadas".
Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de se interpuso recurso de apelación y admitido a trámite se remitieron a esta Audiencia Provincial, y cumplidos los oportunos trámites, se pasaron al Ponente designado para dictar sentencia.
En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.
Vistos siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. VÍCTOR COVIÁN REGALES.
La representación de la Comunidad de Propietarios del Edificio sito en CASA000 , NUM000 de Avilés ejercitó acción para reclamar de la Compañía Reale Auto y Seguros Generales, S.A., y con fundamento en el contrato de seguro que ambas partes tenían suscrito, el importe de la reparación de los daños ocasionados a consecuencia de una fuga en una tubería del circuito de calefacción central a su paso por una de las viviendas de la octava planta del edificio. La entidad aseguradora citada había rechazado el siniestro y se opuso a la demanda por estimar que la tubería en cuestión es elemento privativo y que los daños en elementos de esa condición no están cubiertos por la póliza. Los motivos de oposición han sido desatendidos en la instancia, y es por ello que la representación de Reale apela para insistir en sus...
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