AAP Madrid 447/2003, 17 de Octubre de 2003
ECLI | ES:APM:2003:11364 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 447/2003 |
Fecha de Resolución | 17 de Octubre de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN SEGUNDA
ROLLO DE APELACIÓN: 356 /2003
Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 27 de MADRID
Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 1555 /2002
SENTENCIA Nº 447/2003
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ILMA. SRA. MAGISTRADA:
-
MARIA RIERA OCARIZ
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En MADRID , a diecisiete de octubre de dos mil tres
Vista en grado de apelación por la Ilma. A. MARIA RIERA OCARIZ Magistrada de esta Audiencia Provincial, Sección Segunda, al que se acordó la formación del rollo número 356 /2003 actuando como Tribunal unipersonal en turno de reparto, conforme a lo dispuesto en el artículo 82.2º, párrafo segundo de la L. O. del P.J., ha visto en esta segunda instancia, la presente apelación contra sentencia dictada por el JDO. INSTRUCCION N. 27 de MADRID en el JUICIO DE FALTAS nº 1555 /2002 , conforme al procedimiento establecido en el artículo 976 y siguiente a la Ley de Enjuiciamiento Criminal según la nueva redacción dada por la ley 10/92 del 30 de abril. Habiendo sido partes: En concepto de apelante/s Pedro
y en concepto de apelado/s . MINISTERIO FISCAL .
Habiéndose procedido a la incoación de Diligencias Previas, por un delito de FALTA DE REALIZ. ACTIVIDADES SIN SEGURO OBL. (636) , por el Ilmo. Magistrado Juez del JDO. INSTRUCCION N. 27 de MADRID se dictó sentencia con fecha 9-04-2003 estableciendo en el fallo o parte dispositiva el tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Pedro como autor responsable de una falta de carencia de seguro, a la pena de un mes multa con una cuota diaria de tres euros, siendo la cantidad resultante total abona de 90 euros, quedando sujeto a la responsabilida personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas y abono de costas."
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por Pedro y admitido tal recurso en ambos efectos, fueron elevados los autos a esta Audiencia, Recibidos, se formó el Rollo y se siguió este recurso por sus trámites.
No se valoran los hechos probados de la sentencia apelada.
El presente recurso de apelación se basa en un quebrantamiento de forma que ha producido una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (art.24-2 de la C.E.) al apelante y que ha sucedido al celebrarse el juicio, tras el que el apelante fue condenado como autor de una falta del art.636 del CP, en su ausencia, pero sin darle la oportunidad de comparecer, de ser oído y defenderse porque nunca fue citado.
Constan en el juicio una serie de datos que dan la razón al apelante y que son los...
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