SAP Lugo 26/2004, 21 de Enero de 2004

PonenteJOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO
ECLIES:APLU:2004:69
Número de Recurso503/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución26/2004
Fecha de Resolución21 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª

Dª. Dª. MARÍA JOSEFA RUIZ TOVARD. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZD. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LUGO

Sección 1.ª

SENTENCIA NÚMERO 26

ILMOS. SRES.:

PRESIDENTE:

Dª MARÍA JOSEFA RUIZ TOVAR

MAGISTRADOS:

D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZ

D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO

Lugo, veintiuno de enero de dos mil cuatro.

La Iltma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala n.°

503/2003, dimanarte del Juicio Verbal n.° 227/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n° 1

de Viveiro sobre desahucio por precario; siendo apelante la demandante Doña Sandra ,

representado por el procurador Sr. Varela Puga y asistido del letrado Sr. González Deus y apelado

los demandados Doña Diana , representado por el procurador Sra. Sabariz

García y asistido del letrado Sr. Fernández Vilanova y D. Constantino , no

personado; actuando como ponente el Magistrado, Iltmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha ocho de octubre de dos mil tres, el Juzgado de Primera Instancia n° 1 de Viveiro, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva ' dice: "FALLO: Desestimo la demanda de juicio declarativo verbal por precario interpuesta por Doña Sandra contra Doña Diana y D. Constantino , sin expresa imposición de costas.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte actora, teniéndose por preparado el mismo y cumplidos los trámites del art. 458 y siguientes de la LEC. 1/2000 se elevaron los autos a la Audiencia Provincial para la resolución procedente, correspondiendo por turno de reparto a esta Sección Primera.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los de la sentencia apelada en cuanto se opongan a los que a continuación se exponen.

PRIMERO

El caso que llega a esta alzada ya ha sido tratado en resoluciones precedentes de esta Sala y constituye como dice la sentencia apelada un supuesto especialmente controvertido que ha dado lugar a resoluciones discrepantes.

Los hechos se exponen en la sentencia y hay que darlos por reproducidos, limitándose la contienda como se dice en el recurso a una cuestión jurídica.

La actora junto a su marido había cedido el uso de la vivienda litigiosa a su hijo y nuera para que lo usasen como domicilio conyugal. Fallecido el esposo de la actora y roto el matrimonio de su hijo pretende la demandante recuperar la posesión de tal vivienda.

La sentencia de instancia en un loable deseo de hacer Justicia realiza una amplia argumentación sobre el interés preferente, la protección de la familia, la no...

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