SAP Asturias 247/2002, 22 de Mayo de 2002

PonenteJOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
ECLIES:APO:2002:2079
Número de Recurso64/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución247/2002
Fecha de Resolución22 de Mayo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 247/02

Rollo: RECURSO DE APELACION 64 /2002

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. José Antonio Seijas Quintana

MAGISTRADOS

D. Guillermo Sacristán Represa

D. Rafael Martín del Peso

En OVIEDO, a veintidós de Mayo de dos mil dos .

VISTOS, en grado de apelación por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal Civil 389/00, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de Pravia, Rollo de Apelación 64/02, entre partes, como Apelante/s, Lavandería Industrial Lavachel, S.A., defendida por el Letrado Don Arturo González González de Mesa, y como Apelado/s Arturo y Mapfre Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, defendidos por el Letrado Don Eduardo Pablos Alonso. Pablo . Y como apelado impugnante, Plus Ultra, S.A., defendida por el Letrado Don Francisco José Gomez LLamedo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de 1ª Instancia de Pravia dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 24 de Abril de dos mil uno cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando en parte la demanda interpuesto por Lavanderías Lavachel, S.a. frente a Pablo y Plus Ultra, y desestimándola respecto de Arturo y Mpafre, debo condenar y condeno a los demandados Pablo y Plus Ultra, conjunta y solidariamente, y con la responsabilidad directa de esta última, a indemnizar a la actora en la cantidad de

2.649.275 ptas más la cantidad en que en ejecución de sentencia se valore la reparación de la caja de vehículo siniestrado, incrementándose tales cantidades en los intereses legales, que para la Compañía Plus Ultra serán los del art. 20 de la Ley de Seguro. Y todo ello con expresa imposición a la actora de la mitad de las costas causadas en esta instancia y sin pronunciamiento expreso en cuanto al resto".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por laparte demandante, que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados por la parte de la Entidad Plus , S.A., se formuló escrito de oposición e impugnación, solicitando se tenga por formulada oposición al recurso teniéndose por impugnada la resolución, y que se dicte sentencia revocando la que ahora se impugna , dictando otra conforme a su escrito de contestación a la demanda, con expresa imposición de las costas al recurrente. De dicho escrito se dio traslado a la parte apelante , remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don José Antonio Seijas Quintana.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como cuestión previa a la solución del recurso de apelación convendrá señalar que dicho recurso se preparó indicando el recurrente como pronunciamientos de impugnación la desestimación de la demanda interpuesta contra Don Arturo y Mapfre y la estimación parcial frente a...

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