SAP Asturias 410/2004, 1 de Julio de 2004

PonenteMARIA JOSE PUEYO MATEO
ECLIES:APO:2004:3590
Número de Recurso503/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución410/2004
Fecha de Resolución 1 de Julio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 5ª

SENTENCIA: 00410/2004

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000503 /2004

Ilmos. Sres. Magistrados:

DON JOSÉ MARÍA ÁLVAREZ SEIJO

DOÑA MARÍA JOSÉ PUEYO MATEO

DOÑA MARIA DEL PILAR MURIEL FERNÁNDEZ PACHECO

En OVIEDO, a veinti c uatr o de Noviembre de dos mil cuatro.

VISTOS, en grado de apelación, por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal número 340/04, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Avilés , Rollo de Apelación número 503/04 , entre partes, como apelante y demandada AXA-AURORA IBÉRICA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS y como apelada y demandante DOÑA Milagros .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Avilés dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 1 de Julio de 2.004 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo estimar como estimo íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de Doña Milagros contra "Axa Aurora Ibérica S.A. de Seguros y Reaseguros" a la que condeno a abonar a la actora la cantidad de NOVECIE NTOS CUARENTA Y UN EUROS CON DIECIOCHO CÉNTIMOS (941,18 euros) más los intereses que establece el Art. 20 de la LCS desde la fecha del siniestro (11-5-03) sin imposición de costas".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por Axa-Aurora Ibérica S.A. de Seguros y Reaseguros, y previos los traslados ordenados en el art. 461 de la L.E.C ., se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr./a. DON/DOÑA MARÍA JOSÉ PUEYO MATEO.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por la actora Doña Milagros se promovió juicio verbal frente a Axa Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, solicitando la condena de la demandada a abonarle 941'18 euros.

Basa la actora su pretensión en el hecho de tener concertada una póliza de seguros con la demandada que cubre los daños que pueda sufrir el vehículo de su propiedad, un Ford Fiesta matrícula U-....-PN . Como quiera que este automóvil el 11-05-03 fuera colisionado estando debidamente estacionado, elevándose el importe de su reparación a 1.045 '75 euros, es por lo que una vez deducida la franquicia convenida, 70 euros, el resto es ob jeto de la presente reclamación y ello ante la actitud adoptada por la aseguradora , que una vez tuvo conocimiento del siniestro ofreció abonar el valor venal, menos el de los restos y la franquicia, lo que arrojaba un total de 330 euros.

Por su parte la Aseg uradora se opuso a la pretensión actora invocando el artículo 28.4 de las condiciones generales , que textual mente dispone: "El Asegurador considera que en un siniestro que afecte al automóvil, existe pér dida total cuando el importe presupuestado de la reparación del vehículo siniestrado exceda d el 75 por 100 de su "valor Venal" según se define en el A rtículo 1.º DEFINICIONES, en cuyo caso el s iniestro se liquidará de acuerdo con los Artículos 28.1 y 31 . Los restos del vehículo queda rán siempre de cuenta de su propietario y su valor será deducido de la indemnización que proceda.".

El juzgador "a quo" dictó sentencia en la que estima b a pretensión actora, toda vez que, según argumenta, el artículo citado d el...

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