SAP Madrid, 16 de Septiembre de 2000

PonenteROSA MARIA BROBIA VARONA
ECLIES:APM:2000:12256
Número de Recurso1443/2000
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a dieciséis de Septiembre de dos mil.

La Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto, en grado de apelación, los autos de Juicio de COGNICION número 972/1996 sobre resolución de contrato de arrendamiento, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 48 de los de Madrid, que han dado lugar a la formación del Rollo de Sala nº 1443/2000 seguido entre partes, de una como apelante, Dª. Francisca , a quien se le dió por comparecida y parte tras el fallecimiento de su esposo D. Eusebio , y de otra como apelada, Dª. Milagros , representada por el Procurador Sr. Martínez Ostenero.

VISTO, siendo Magristrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Rosa Brobia Varona

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que los autos originales núm. 972/1996 procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 48 de Madrid, fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo.Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

SEGUNDO

Que por la Ilma. Sra. Dª. María Belén López Castrillo, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 48 de Madrid, se dictó sentencia con fecha veinticinco de junio de mil novecientos noventa y siete, cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.- " Que estimando la demanda formulada por Dª. Milagros representada por el Procurador D.Raúl Martínez Ostenero contra D. Eusebio debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que liga a las partes en relación con el piso sito en C/ DIRECCION001 nº NUM003 , NUM004 piso, letra NUM005 , de Madrid, condenando a la demandada a que deje libre y a disposición de la actora la referida vivienda dentro del plazo legal bajo apercibimiento de lanzamiento, con expresa imposición de costas al demandado "

TERCERO

Que contra dicha Sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, dándole traslado del mismo a la parte actora quien lo impugnó en tiempo y forma, remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta previa presentación de los escritos de alegación en el Juzgado de Primera Instancia, conforme a la nueva redacción que ha dado la Ley 10/92 a los arts.733 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, señalándose para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día quince de septiembre del año en curso .

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan y se dan por reproducidos los fundamentos de derecho de la resolución apelada.

PRIMERO

Por el actor se formuló demanda sobre resolución del contrato de arrendamiento vigente entre las partes y que tiene por objeto el piso en la DIRECCION001 nº NUM003 , NUM004 piso letra NUM005 de Madrid; siendo la base de tal pretensión resolutoria la concurrencia de la causa 11ª art. 114 LAU, en relación al art. 62,1 del mismo texto legal, y consistente en la denegación de la prórroga legal del contrato reseñado por necesidad de recuperación de la vivienda. El demandado impugnó el requerimiento practicado de adverso alegando su ineficacia. La sentencia de instancia estimó la demanda, por lo que el demandado ha recurrido en apelación manteniendo las mismas alegaciones mantenidas...

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