SAP Madrid, 3 de Febrero de 2001
Ponente | FRANCISCO RAMON MOYA HURTADO DE MENDOZA |
ECLI | ES:APM:2001:1501 |
Número de Recurso | 445/2000 |
Fecha de Resolución | 3 de Febrero de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección ª |
Sentencia
En Madrid, a tres de Febrero de dos mil uno.
Vistos en trámite de apelación, ante esta Sección vigesimoquinta de la Audiencia provincial de Madrid, los presentes Autos de Juicio de Cognición , Núm. 712/98 , sobre, Resolución de Contrato , procedentes del Juzgado de primera instancia, Núm,51 , de Madrid , seguidos entre partes, como Apelante Dª. Encarna , cuyas demás circunstancia personales ya constan en la Sentencia apelada Nº 522/99 , y como Apelada Dª. Consuelo Y HEREDEROS LEGALES DE D. Eduardo : D. Luis Carlos , D. Gaspar Y D. Luis Alberto ,Igualmente circunstanciada en aquella sentencia, Rollo de Sala Nº 445/2000.
VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Francisco Ramón Moya Hurtado
Que los Autos originales Núm. 712/98, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 51 de Madrid ,fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid,de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Que por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 51 , de Madrid , se dictó sentencia con fecha: veintiuno de julio de 1999 , cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.-" Que estimando la demanda de Juicio de Cognición interpuesta por el procurador D. Francisco José Abajo Abril, en nombre y representación de D. Luis Carlos Y Dª. Consuelo , contra Dª. Encarna , debo declarar y declaro resuelto la relación arrendaticia existente entre las partes citadas sobre la vivienda sita en la calle DIRECCION000 , nº NUM000 , piso NUM001 . izqda, condenando a la demandadaa estar y pasar por esta declaración y a que dentro del plazo legal desaloje la mencionada vivienda, bajo apercibimiento de lanzamaiento, haciendo expresa imposición de las costas a la parte demandada."
Que contra dicha Sentencia se interpuso, en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandada , que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los Autos a esta Sección Vigesimoquinta previa presentación de los escritos de alegación en el Juzgado de Primera Instancia, conforme a la nueva redacción que ha dado la Ley 10/92 a los Artículos 733 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, señalándose para la Votación y fallo del presente recurso el día dos de febrero del mes en curso.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
La acción ejercitada en la instancia, en resolución del contrato de arrendamiento por el que la demandada ocupa la vivienda propiedad de los actores, fue estimada en la instancia al admitir la causa de necesidad invocada de conformidad con los artículos 62-1º, 63-2-2º y 114-11 de la antigua...
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