SAP Madrid 405/2003, 17 de Julio de 2003

PonenteD. Francisco Ramón Moya Hurtado
ECLIES:APM:2003:8814
Número de Recurso868/2001
Número de Resolución405/2003
Fecha de Resolución17 de Julio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª

D. Francisco Ramón Moya HurtadoD. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZDª. Dª. PALOMA GARCÍA DE CECA BENITO

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25

MADRID

SENTENCIA: 00405/2003

Fecha: 17/07/2003

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 868/2001

Ponente: ILMO. SR. D. FRANCISCO MOYA HURTADO

Apelante: MERCANTIL HIBE, S.A.

PROCURADOR: D. MELQUIADES ÁLVAREZ-BUYLLA Y ÁLVAREZ

Apelados: Dª.

Mercedes

// D. Andrés

// D. Cesar

, D. Enrique

, D. Gabino

, D.

Inocencio

,Dª. María Teresa

, D. Luis

, Dª. Aurora

, D. Rodrigo

, D. Víctor

, D. Carlos Manuel

, D. Luis Pedro

, Dª. Filomena

, D. Juan Enrique

, Dª. Magdalena

, D. Ángel

, D. Casimiro

, D. Evaristo

, D. Guillermo

, D. Jon

, D. Millán

, D. Rosendo

, D. Jose Ignacio

, D. Luis María

, D. Juan Manuel

, Dª. Alejandra

, D. Alfonso

, D. Carlos

, Dª. Consuelo

, Dª. Gloria

, D. Hugo

, D. Lucas

, Dª. Nieves

, D. Rodolfo

, D. Jose Ángel

, D. Luis Miguel

, POLLERÍAS JUAN RUIZ S.L., TARTAFRES S.A., ALIMENTACIÓN HUERTA S.L., CARNICAS HERRERA S.A., INCARAL S.L., QUESEOS BENITO S.A.,// Encarna

, Federico

,ROISAGA, S.A., Dª. Lina

, D. Javier

, Dª. Rebeca

, Dª. María Luisa

, D. Romeo

, D. Carlos José

, D. Jesús María

, D. Pedro Enrique

, Dª. Clara

, D. Benito

, D. Ernesto

y D. Imanol

,

PROCURADOR: D. EDUARDO MOYA GÓMEZ // Dª. ALMUDENA GIL SEGURA // D. MIGUEL TORRES ÁLVAREZ // SIN DESIGNAR

Autos: MENOR CUANTÍA Nº. 23/1998 Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 70 DE MADRID

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. FRANCISCO MOYA HURTADO D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ Dª. PALOMA GARCÍA DE CECA BENITO

En MADRID, a diecisiete de julio de dos mil tres.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de MENOR CUANTÍA 23/1998, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 70 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 868/2001, en los que aparece como parte apelante: HIBE, S.A. representado por el procuradorD. MELQUIADES ÁLVAREZ-BUYLLA ÁLVAREZ, y como apelados: Dª.

Mercedes

, representada por el Procurador D. EDUARDO MOYA GÓMEZ // D. Andrés

, representado por la Procuradora Dª. ALMUDENA GIL SEGURA // D. Cesar

, D. Enrique

, D. Gabino

, D. Inocencio

,Dª. María Teresa

, D. Luis

, Dª. Aurora

, D. Rodrigo

, D. Víctor

, D. Carlos Manuel

, D. Luis Pedro

, Dª. Filomena

, D. Juan Enrique

, Dª. Magdalena

, D. Ángel

, D. Casimiro

, D. Evaristo

, D. Guillermo

, D. Jon

, D. Millán

, D. Rosendo

, D. Jose Ignacio

, D. Luis María

, D. Juan Manuel

, Dª. Alejandra

, D. Alfonso

, D. Carlos

, Dª. Consuelo

, Dª. Gloria

, D. Hugo

, D. Lucas

, Dª. Nieves

, D. Rodolfo

, D. Jose Ángel

,D. Luis Miguel

, POLLERÍAS JUAN RUIZ S.L., TARTAFRES S.A., ALIMENTACIÓN HUERTA S.L., CARNICAS HERRERA S.A., INCARAL S.L., QUESEOS BENITO S.A., representados por el Procurador D. MIGUEL TORRES ÁLVAREZ // Encarna

, Federico

,ROISAGA, S.A., Dª. Lina

, D. Javier

, Dª. Rebeca

, Dª. María Luisa

, D. Romeo

, D. Carlos José

, D. Jesús María

, D. Pedro Enrique

, Dª. Clara

, D. Benito

, D. Ernesto

y D. Imanol

, SIN PROFESIONAL DESIGNADO, sobre reclamación de cantidad,y siendo Magistrado Ponente el ILMO. SR. D. FRANCISCO MOYA HURTADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que los autos originales núm. 23/1998, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 70 de los de Madrid, fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

SEGUNDO

Que por la Ilma. Sra. Dª. María Begoña Pérez Sanz, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 70 de Madrid se dictó sentencia con fecha 27 de Abril de 2001, cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.- " Que debo estimar y estimo la excepción alegada por la parte demandada de falta de jurisdicción, y en su consecuencia no ha lugar a resolver sobre el fondo del asunto ni sobre el resto de las excepciones alegadas. Todo ello con expresa condena en costas a la parte actora.."

TERCERO

Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandante, el Procurador Sr. Álvarez-Buylla y Álvarez, dándole traslado del mismo a las partes personadas, quienes presentaron en tiempo y forma escritos de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 4 de Junio del año en curso.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la demandante en la instancia se ejercitó acción en reclamación de cantidad contra los cincuenta y nueve codemandados, en base a los contratos de adjudicación concertados entre loslitigantes por los que la actora, como concesionaria del Mercado de Abastos del Distrito de Villaverde Alto de Madrid, en virtud de adjudicación realizada en su favor por el Ayuntamiento de Madrid, adjudicaba los puestos del mercado en base a la explotación realizada. El motivo de la reclamación se sustenta en que efectuadas cesiones de locales del mercado por los adjudicatarios estando pendiente y en tramitación recurso contencioso administrativo interpuesto por la Asociación Provincial de Mercado Público, Particulares y Galerías de Alimentación de Madrid contra el Reglamento de Mercados de Distrito aprobado por el Pleno Municipal del Ayuntamiento de Madrid el 6 de marzo de 1895, en dichos contratos se estableció que caso de ser favorable el fallo a la demandante, los nuevos cesionarios pagarían a la concesionaria la diferencia de los derechos de cesión...

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