SAP Valladolid 106/2007, 28 de Marzo de 2007
Ponente | ANGEL MUÑIZ DELGADO |
ECLI | ES:APVA:2007:271 |
Número de Recurso | 60/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 106/2007 |
Fecha de Resolución | 28 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valladolid, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
VALLADOLID
SENTENCIA: 00106/2007
Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000060 /2007
SENTENCIA Nº 106
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSE JAIME SANZ CID
D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS
D. ANGEL MUÑIZ DELGADO
En VALLADOLID, a veintiocho de Marzo de dos mil siete.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003 de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000766 /2005, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 12 de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo 0000060/2007, en los que aparece como parte apelante D. Jose Carlos, representado por el procurador D. MARÍA JOSÉ VELLOSO MATA, y asistido por el Letrado D. JOSE M. SANTOS URBANEJA, y como apelado: GABINETE MEDICO PARACELSO SA, SANITARIA DE INVERSIONES VALLADOLID SA, representado por el procurador D. JORGE RODRIGUEZ- MONSALVE GARRIGOS, y asistido por el Letrado D. JESUS PARDO CALVO, Y QUIROMEDIC CARE AND CONSULTIN, representado por el Procurador D. MIGUEL SANZ ROJO y asistido por el Letrado D. JOSE LUIS APARICIO CARRIL; sobre: Competencia desleal.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 7 de Septiembre de 2006, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Que desestimando íntegramente la demanda formulada por la procuradora Dª. Mª. José Velloso Mata, en nombre y representación de D. Jose Carlos, frente a Sanitaria de Inversiones Valladolid, S.A. y Gabinete Médico Paracelso S.A.U., debo de absolver y absuelvo a las meritadas demandadas de los pedimentos en aquella contenidos, con expresa imposición de las costas irrogadas por dicha demanda el demandante3. Que desestimando la demanda reconvencional formulada de contrario frente al actor reconvenido y Quiromedic Care And Consulting S.A. representada por el Procurador D. Miguel San Rojo, debo absolver y absuelvo a los citados demandados, con expresa imposición de las costas originadas por la demanda reconvencional a la demandada recoviniente".
Notificada a las partes la referida sentencia, por el demandante se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Remitidos los autos de juicio a este tribunal se señaló para la Deliberación y Votación el pasado día 15.03.07.
ÚLTIMO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado las formalidades legales.
Vistos, siendo ponente el Ilmo Sr. Magistrado Don ANGEL MUÑIZ DELGADO.
En la demanda rectora del procedimiento, en base a lo dispuesto en los arts. 5, 9 y 18 de la Ley de Competencia Desleal, se ejercitan acumuladamente acción declarativa y de rectificación frente a las dos entidades demandadas. Se fundamentan tales acciones en cuatro cartas que en referencia al actor dirigieron dichas codemandadas a tres sociedades que ese administra y al Hospital donde actualmente presta sus servicios.
La sentencia recaida en primera instancia desestima dicha demanda argumentando, en síntesis, que si bien en las misivas citadas se vierten afirmaciones respecto del proceder del actor que no se ajustan a la realidad y que pudieran afectar a su fama o crédito, lo cierto es que no pueden calificarse como constitutivas de competencia desleal. Razona el juzgador que no tuvieron incidencia en el mercado ni con tal intención se redactaron, ya que se remitieron tan solo a tres sociedades de las que el actor es administrador y al Hospital para el que actualmente presta sus servicios, sin poder por tanto menoscabar su crédito como competidor.
Frente a dicho pronunciamiento se alza el demandante a través del presente recurso. Alega que la actividad comercial...
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