SAP Jaén 119/2003, 21 de Abril de 2003

PonenteMARIA ELENA ARIAS-SALGADO ROBSY
ECLIES:APJ:2003:616
Número de Recurso126/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución119/2003
Fecha de Resolución21 de Abril de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª

SENTENCIA Núm. 119

Iltmos. Sres.:

Presidenta

Dª. ELENA ARIAS SALGADO ROBSY

Magistrados

D. JOSE REQUENA PAREDES

D. JOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA

En la ciudad de Jaén, a Veintiuno de Abril de dos mil tres.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ordinario seguidos en primera instancia con el núm. 196/2002, por el Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de Jaén, rollo de apelación de esta Audiencia núm. 126/2003, a instancia de D. Eduardo , representado en la instancia por el Procurador Sr. Méndez Vílchez y defendido por el Letrado Sr. Ramos Alvarez contra D. Luis Pablo , representado en la instancia por la Procuradora Sra. Del Moral Carazo y defendido por el Letrado Sr. Herrera Martínez.

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº Cuatro de Jaén con fecha 10 de Febrero de 2003.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimo la demanda formulada por el Procurador Sr. Méndez en nombre y representación de

D. Eduardo asistido del Letrado Sr. Ramos, seguidos contra D. Luis Pablo representado por el Procurador Sr. Oliva y asistido del Letrado Sr. Herrera, debo condenar y condeno al demandado a otorgar escritura pública de compraventa elevando a público el contrato de compraventa de la finca que es objeto de este pleito a favor del demandante, y a estar y pasar por estos pronunciamientos y reanudar el tracto sucesivo, posibilitando el acceso del actor al Registro de la Propiedad, haciéndolo en su caso de oficio el Juzgado y a costa del demandado en caso de que se negara a hacerlo, todo ello con imposición de costas".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se tuvo por preparado primero y se interpuso después por la parte demandada, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido por el Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de Jaén, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso interesando la revocación de aquella y el dictado de otra que absolviera de la demanda y acordara según la contestación a la demanda con imposición de las costas del procedimiento al actor.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación se presentó escrito de oposición por la parte actora que insta la confirmación de la sentencia; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en cuya Sección Segunda, y tras su reparto, se formó el rollocorrespondiente, quedando las actuaciones pendientes de la deliberación, votación y fallo que tuvo lugar el

día de hoy.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente la Magistrada Iltma. Sra. Dª. ELENA ARIAS SALGADO ROBSY.

ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia dictada en la instancia estima la demanda en la que se ejercita acción de cumplimiento contractual en pretensión de condena al otorgamiento de escritura pública elevando a público el contrato de compraventa en el que intervino como mandatario D. Carlos María en nombre del vendedor, hoy demandado, vendiendo la finca descrita en la demanda al actor. En el recurso, en el que en definitiva se solicita la desestimación de la demanda y se acceda a lo suplicado en la contestación, en la que se viene a oponer la nulidad o inexistencia del contrato por ausencia de voluntad de venta y consentimiento a ella por parte del demandado, se alegan diversas infracciones legales de orden sustantivo, y finalmente la infracción del artículo 24 de la Constitución por haberse incurrido en error en la apreciación de las pruebas, lo que entiende constituye falta de tutela judicial. El primer motivo del recurso denuncia infracción por inaplicación de los artículos 1278 y 1261 del Código Civil, relativos al consentimiento como requisito esencial de la validez de los contratos, que insiste nunca prestó el demandado. El segundo denuncia infracción por inaplicación del artículo 1714 del C.C. relativo al mandato y su prohibición de extralimitación, sosteniendo que se ha acreditado que D. Carlos María se extralimitó en el encargo confiado por su hermano, D. Luis Pablo , limitado a cuidar de sus bienes en su ausencia. En el tercero denuncia infracción por inaplicación del artículo 1280.1º en relación con el 1280.5º también del Código Civil, que exigen la constancia en documento público tanto de la venta como del poder de representación para concertarla. Motivos que en el último se ponen en relación con el error en la apreciación de la prueba. La cuestión nuclear del presente pleito y recurso en el que se reproducen prácticamente las alegaciones realizadas en la instancia, se reduce a determinar si se ha probado la existencia...

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