SAP Salamanca 387/2004, 15 de Octubre de 2004

PonenteRUBEN MANUEL DE MARINO BORREGO
ECLIES:APSA:2004:603
Número de Recurso478/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución387/2004
Fecha de Resolución15 de Octubre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 387/04

Ilmo. Sr. Presidente Acctal.

DON ILDEFONSO GARCIA DEL POZO

Ilmos. Sres. Magistrados

DON FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA

DON JAIME MARINO BORREGO

En la Ciudad de Salamanca, a quince de Octubre del dos mil cuatro.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario número 351/03 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Béjar , Rollo de Apelación Nº 478/04; han sido partes en este recurso: como demandante-apelante D. Eloy , representado por la Procuradora Dª. Carmen del Caño Pérez y defendido por el Letrado D. Juan Luis Pérez González-Mariscal y como demandado-apelado-impugnante D. Juan Manuel , representado por el Procurador D. Alfonso Rodríguez de Ocampo y defendido por el Letrado D. Alvaro Medina de Toro; sobre Reclamación de Cantidad

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El día 28 de Abril de 2.004 se dictó sentencia por la Sra. Juez de Primera Instancia Nº 1 de Béjar que contiene el siguiente: "FALLO: Que estimando como estimo parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Dª Carmen del Caño Pérez en nombre y representación de D. Eloy contra D. Juan Manuel , representada por el Procurador D. Alfonso Rodríguez de Ocampo, debo condenar y condeno al demandado a abonar al actor la cantidad de 6000 euros, más los intereses del Art. 576 LEC . Todo ello sin expresa imposición de costas".

  2. - Contra referida sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación jurídica de la parte demandante, haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones y terminó suplicando se dicte nueva resolución en la que se condene al demandado al pago de 12.000 euros como devolución doblada de señal, junto con los intereses, y se le condene asimismo al abono de las costas causadas; dado traslado a la parte demandada de la interposición del recurso, por ésta se opuso al mismo e impugnó la resolución apelada haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus intereses para terminar suplicando se dicte sentencia por la que, desestimando la apelación contraria y estimando la impugnación de esta parte, revoque la sentencia de instancia y se dicte otra en su lugar por la que se desestime la demanda, con expresa condena al actor en las costas de ambas instancias. Dado traslado de dicha impugnación a la apelante principal, por esta se formularon las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus intereses para terminar suplicando se dicte sentencia de conformidad con lo solicitado en su escrito.

  3. - Recibidos los autos en esta Audiencia se formó el oportuno Rollo, señalándose para la votación y fallo del recurso el día 7 de Octubre de 2.004, y pasando los autos al Ilmo. Sr. Magistrado-Ponente para dictar sentencia.4º.- Observadas las formalidades legales.

Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON JAIME MARINO BORREGO.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia se alza en primer lugar el recurso de apelación formulado por la representación procesal del demandante D. Eloy ; cuyo hilo argumental se reconduce, --lo sea al socaire de una interpretación "pro domo sua,"de los hechos conformadores de su pretensión-- a proclamar en esencia que las llamadas arras, representadas por las entregas a cuenta y causa del contrato privado de compraventa suscrito con el demandado D. Juan Manuel (folio 12), para la adquisición de una vivienda sita en Béjar, que a este último pertenecía; ostenta el carácter manifiesto de arras penitenciales. Razón por la que solicita se revoque la recurrida, estimando la demanda, en el sentido de que habiendo incumplido el dicho demandado la compraventa convenida, se le condene a devolver esa cantidad de 6.000 euros...

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