SAP Granada 807/2000, 15 de Noviembre de 2000

PonenteJUAN FRANCISCO RUIZ-RICO RUIZ
ECLIES:APGR:2000:3221
Número de Recurso426/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución807/2000
Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 4ª

SENTENCIA Núm 807

ILTMOS. SEÑORES:

PRESIDENTE

D. JUAN FCO RUIZ RICO RUIZ

MAGISTRADOS

D. JOSÉ MALDONADO MARTÍNEZ

Dª. Mª VICTORIA MOTOS RODRÍGUEZ

En la ciudad de Granada a quince de Noviembre de dos mil. La Sección Cuarta de esta Iltma.

Audiencia Provincial, ha visto, en grado de apelación los precedentes autos de juicio de Menor Cuantía nº 499/98, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número Seis de Granada , en virtud de demanda de Dª Sandra y Dª Magdalena , representados por el/a Procurador/a Rubio Pavés y defendidos por el Letrado D. Jesús Alcalde Martos, contra "ALICATADOS MANUEL BAILON S.L.", representado por el/a Procurador/a Sr/a. Lizana Jiménez y defendido por el Letrado D. Antonio Jesús Gómez Navarro, y contra "CONSTRUCCIONES JOSEMAG S.L.", en situación legal de rebeldía.

Aceptando como relación los "Antecedentes de Hecho" de la sentencia apelada, y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida sentencia, fechada en 30/11/99 , contiene el siguiente Fallo: "Declaro que la causa del contrato de compraventa suscrito entre Dª M Sandra , Dª Magdalena , por un lado, y Construcciones Josemag S.L., por otro, en escritura pública el día 14 de noviembre de 1.997 ante Notario D. José Ignacio Suarez Pinilla bajo el nº 1.217 de su protocolo, era la que se contenía en el documento privado suscrito por las mismas partes el día 29 de octubre de 1.997 y que consistía, en definitiva en la entrega de solar a cambio de obra.- Declaro resuelto dicho el contrato de compraventa otorgado mediante escritura pública el día 14 de noviembre de 1997 ante el Notario D. José Ignacio Suarez Pinilla, por incumplimiento deConstrucciones Josemag S.L.- Declaro rescindida y por tanto sin efecto alguno la compraventa efectuada entre Josemag S.L. y alicatados Manuel Bailón S.L., mediante escritura pública otorgada en Atarfe el día 23 de abril de 1.998 ante el Notario D. José Ignacio Suarez Pinilla, bajo el nº 567 de su protocolo por la que Alicatados Manuel Bailón S.L. compra el solar nº NUM000 del plano sito en Atarfe, Unidad de Ejecución nº 9, finca registral no NUM001 , solar nº NUM000 . Para el caso de que sea imposible entregar el solar a las actoras Alicatados Manuel Bailón S.L. deberá indemnizarlas de los daños y perjuicios que la enajenación del solar les haya ocasionado. - Condeno a la entidad mercantil Construcciones Josemag, S. L. a pagar a Dª. Sandra y a Dª. Magdalena la cantidad de 3.408.500 Ptas. - Condeno a los demandados al pago de las costas. - "

SEGUNDO

Sustanciado y seguido el presente recurso, por sus tramites ante esta Iltma. Audiencia Provincial, en virtud de apelación interpuesta por la parte demandada (Alicatados Manuel Bailón S.L.), en el acto de la vista su Letrado interesó la revocación de la sentencia recurrida; por el Letrado de la parte apelada se solicitó la confirmación de dicha resolución, con imposición de costas a la parte contraría.

TERCERO

Han sido observadas las prescripciones legales de trámite. Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. JUAN FCO RUIZ RICO RUIZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Consentida la sentencia de instancia en cuanto al pronunciamiento declarativo acerca de la causa del contrato de permuta plasmado en la escritura pública de 14 de noviembre de 1.997, así como en lo referente a la declaración de resolución del mismo ante el incumplimiento del codemandado, declarado en rebeldía, y en cuanto a la condena al pago de la cantidad reclamada, al no haberse formulado recurso alguno por la parte codemandada a estos extremos que como hemos dicho ha permanecido rebelde durante el proceso; el objeto de la presente apelación se circunscribe a la estimación de la acción revocatoria o pauliana al entender la resolución recurrida que el solar transmitido en escritura de 23 de abril de 1.998, perteneciente en principio a los actores, lo fue con la intención de defraudar a...

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