SAP Málaga 5/2005, 12 de Enero de 2005

PonenteMANUEL SANCHEZ AGUILAR
ECLIES:APMA:2005:65
Número de Recurso829/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución5/2005
Fecha de Resolución12 de Enero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 6ª

SENTENCIA N. 5/05

Iltmos. Sres.

Presidente

D. Antonio Alcalá Navarro

Magistrados:

D.José Javier Diez Núñez.

D. Manuel Sánchez Aguilar.

En la ciudad de Málaga a doce de Enero de dos mil cinco.

Vistos en grado de apelación ante la sección sexta de ésta Audiencia Provincial los autos de juicio ordinario número 829-04 seguidos a instancia de MORENO CALZADO, S.L. contra Torino Motor SL representada en el recurso por el Procurador Sr. JOSE DOMINGO CORPAS,ambas partes con los mismos profesionales que han intervenido en la primera instancia, pendientes ante ésta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por Torino Motor SL contra la sentencia dictada en el juicio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia arriba indicado dictó sentencia de fecha 21/5/04 , con la siguiente parte dispositiva: " .. FALLO.- QUE ESTIMANDO PARCIALMENTE LA DEMANDA interpuesta por MERCANTIL TORINO MOTOR, S.A., como demandante, y la ENTIDAD MORENO CALZADO, S.L., debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora la suma de DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO EUROS CON DIECISEIS CENTIMOS (2245,16 EUROS) de principal, más los intereses que procedan conforme a la LEC, sin hacer expresa condena en costas a ninguna de las partes."

SEGUNDO

Interpuesto el recurso de apelación, fue admitido a trámite, remitiéndose tras el oportuno trámite, los autos a ésta Audiencia, donde al no haberse propuesto prueba ni estimarse necesaria la celebración de vista, previa deliberación de la Sala que tuvo lugar el día 26 de noviembre de 2004, quedaron las actuaciones conclusas para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo ponente el Ilmo. Sr. Don Manuel Sánchez Aguilar, Magistrado Juez en comisión de Servicios sin relevaciónde funciones en el Juzgado del que es titular.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia dictada en la instancia, estimatoria parcial de la pretensión ejercitada en la demanda, se alza la parte actora en aquella aduciendo como causa que en su opinión justificaría el fallo revocatorio que pretende en la errónea valoración de la prueba realizada por el juzgador a quo, en concreto que no ha se ha tenido en cuenta el manual de reparaciones de la marca que según la resolución que se combate no fue aportada, mientras que conforme a las manifestaciones del impugnante fue incorporado la página 26 del manual de reparaciones de la marca. El recurso no puede prosperar; en efecto, aunque es cierto que la parte demandante en la instancia aprovechó el acto de la audiencia previa para aportar aquel libro, quedando incorporada copia...

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