SAP Madrid 323/2006, 9 de Junio de 2006
Ponente | EPIFANIO LEGIDO LOPEZ |
ECLI | ES:APM:2006:16194 |
Número de Recurso | 337/2006 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 323/2006 |
Fecha de Resolución | 9 de Junio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19
MADRID
SENTENCIA: 00323/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION 19
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98
N.I.G. 28000 1 7018466 /2006
ROLLO: RECURSO DE APELACION 337 /2006
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 178 /2005
JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 4 de TORREJON DE ARDOZ
Apelante/s: Jose Enrique, Trinidad
Procurador: DOMINGO LAGO PATO
Apelado/s: Ernesto, Patricia
Procurador: SANTOS CARRASCO GOMEZ
SENTENCIA Nº 323
Ponente: Ilmo. Sr. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. NICOLAS DIAZ MENDEZ
D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ
D. RAMON RUIZ JIMENEZ
En MADRID a, nueve de junio de dos mil seis.
La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario 178/2005, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Torrejón de Ardoz y, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala 337/2006, en el que han sido partes, como apelantes- demandantes, D. Jose Enrique y Dª Trinidad, que estuvieron representados por el Procurador Sr. Domingo Lago Pato; y de otra, como apelados-demandados, D. Ernesto y Dª Patricia, que vinieron al litigio representados por el Procurador Sr. Carrasco Gómez, habiendo estado ambas partes defendidas por Letrado.
VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.
Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y
Con fecha 6-10-2005 el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Torrejón de Ardoz en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dª María Dolores Barral Llorente, en nombre y representación de D. Jose Enrique y Dª Trinidad, contra D. Ernesto y Dª Patricia, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de los pedimentos contra ella deducidos, con imposición de costas a la parte actora".
Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de D. Jose Enrique y Dª Trinidad, que formalizaron adecuadamente (folios 78 y ss) y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, que se opuso al mismo (87 y ss), remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal en el que tuvieron entrada en 12-05-2006, abriéndose, de inmediato, el correspondiente rollo de Sala.
En esta alzada, para cuya deliberación, votación y fallo se señaló el cinco de los corrientes, se han observado las prescripciones legales.
Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los que a continuación se insertan y
Este Tribunal comparte la conclusión jurídica que estableció el Juzgador de instancia en su sentencia cuando especifica que fueron los demandantes compradores quienes incumplieron el contrato de 19-06-2002 de venta de vivienda en Torres de la Alameda, en la medida...
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