SAP Burgos 54/2000, 1 de Enero de 2000
Ponente | ARABELA CARMEN GARCIA ESPINA |
ECLI | ES:APBU:2000:136 |
Número de Recurso | 477/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 54/2000 |
Fecha de Resolución | 1 de Enero de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Burgos, Sección 2ª |
SENTENCIA
En el Rollo de Apelación número 477 de 1.999, dimanante de Menor Cuantía nº 6/99, sobre
reclamación de cantidad, del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Aranda de Duero, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 30 de julio de 1.999 , han comparecido, como demandante-apelante, COMPONENTES AGRICOLAS GENERAL S.L. (COMAGE S.L.), con domicilio en Rincón de Soto (La Rioja), representada por el Procurador D. Eugenio Echevarrieta Herrera y defendida por el Letrado D. Alfonso Carlos Pérez Alonso; y como demandados-apelados, D. Emilio y D. Carlos Alberto , vecinos de Nava de Roa (Burgos), representados por el Procurador D. Cesar Gutiérrez Moliner y defendidos por el Letrado D. Ricardo García García-Ochoa.
Se aceptan, sustancialmente, los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que debiendo desestimar como desestimo plenamente la demanda interpuesta por la mercantil Componentes Agrícolas General S.L. representada por la Procuradora Dª Mª. Victoria Recalde de la Higuera contra D. Emilio y D. Carlos Alberto , representados por el Procurador D. José Carlos Arranz Cabestrero, debo absolver y absuelvo a los meritados demandados de las pretensiones contra ellos deducidas; debiendo estimar como estimo íntegramente la reconvención por estos últimos formulada, debo declarar y declaro resuelto el contrato de compraventa que unía a los litigantes descrito en el Fundamento de Derecho segundo de la presente resolución, condenando a la parte actora a estar y pasar por dicha declaración y a hacerse cargo y retirar la máquina objeto del contrato. Todo ello condenando como condeno a la parte actora al pago de las costas procesales causadas en la tramitación de la presente causa".
Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de COMAGE S.L., se interpuso contra la misma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, emplazándose a las partes y remitiéndose los autos a esta Audiencia.
Seguido el recurso por sus trámites se señaló para la celebración de la vista el día veintiséis de los corrientes, la que tuvo lugar con asistencia de los Letrados de las partes personadas,quienes informaron en apoyo de sus pretensiones.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Por la actora, la recurrente, se reclama el precio, más gastos financieros derivados del impago, de la compraventa de una maquinaria agrícola Nebulizador NB V-8 2000 L más accesorios, pretensión a la que se oponen los demandados los hermanos D. Emilio y D. Carlos Alberto que a su vez reconvienen y partiendo de que los vicios o defectos que presenta la cosa supone la inhabilidad absoluta de la cosa para el fin que le es propio, solicitan la resolución del contrato con devolución de la cosa a la vendedora.
Los vicios, defectos o calidades inferiores, que presenta la cosa objeto de la compraventa, pueden constituir, en principio, una prestación diversa "aliud pro alio" o constituir simplemente una prestación defectuosa, siendo las consecuencias de clasificar el vicio o defecto en uno u otro grupo muy distintos. Si el defecto es de tal importancia que hace absolutamente "inhábil, inútil o...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba