SAP A Coruña 51/2003, 27 de Febrero de 2003

PonenteJOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
ECLIES:APC:2003:490
Número de Recurso127/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución51/2003
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª

ARZUA.-Rollo: RECURSO DE APELACION 127 /2003

FECHA DE REPARTO: 21-1-03.-SENTENCIA N° 51

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección Cuarta

Ilmos. Sres. Magistrados:

JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG

CARLOS FUENTES CANDELAS

ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS FERNÁNDEZ

En A CORUÑA, a veintisiete de febrero de dos mil tres

Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan los presentes autos de Juicio ORDINARIO N° 185/02, sustanciado en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DE ARZUA, y que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTE Y APELANTE TARCREDIT, EFC, SA., representado en primera instancia por el Procurador Sr. Paz Montero y con la dirección del Letrado Sr. Duran Rodríguez-Hervada y de otra como DEMANDADO Y APELADO Jose Carlos , representado en primera instancia por el Procurador Sr. Pernas Grobas y con la dirección del letrado Sr. Penabad Otero; versando los autos sobre RECLAMACION DE CANTIDAD.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DE ARZUA, con fecha 15-11- 02. SU PARTE DISPOSITIVA LITERALMENTE DICE: "FALLO "que desestimando la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales DON JOSE PAZ MONTERO en representación de la entidad TARCREDIT, EFC SA., debo absolver y absuelvo a DON Jose Carlos de los pedimentos contra él efectuados.

Las costas se imponen a la parte demandante."

SEGUNDO

Contra la referida resolución, por el demandante, seinterpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a Ponencia para resolución.

TERCERO

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El objeto del presente litigio sometido a consideración judicial en la alzada como consecuencia del recurso de apelación interpuesto radica en la acción de reclamación de cantidad, que es ejercitada por la entidad actora TARCREDIT EFC. SA., contra Don Jose Carlos . La base fáctica en la que se fundamenta la demanda radica en que, entre los litigantes, se suscribió un contrato de compraventa de bienes muebles a plazos, con fecha 2 de mayo de 2000, para la financiación del vehículo Alfa Romeo, matrícula UA-....-K , y en el mismo se reconoció por el demandado adeudar a la actora la suma de

2.083.920 ptas., cantidad que sería pagada en 60 cuotas, de vencimiento los días 5 de cada mes, la primera de ellas el 5 de junio de 2000 hasta el 5 de mayo de 2005 y de un importe cada una de ellas de 34.732 ptas. Igualmente se alegó que, en el referido contrato, se pactó que "la falta de pago a su vencimiento de dos cualesquiera de los plazos o del último de ellos a que se hace referencia en el epígrafe RECONOCIMIENTO DE DEUDA facultará al Financiador para dar por vencido el préstamo, extinguiéndose el aplazamiento y exigiendo, como consecuencia el abono de la totalidad de la deuda pendiente, que comprenderá la deuda no satisfecha a sus respectivos vencimientos, con sus intereses contractuales, la anticipadamente vencida y todo ello, con los intereses de demora pactados, comisiones de devolución y demás gastos exigibles con arreglo a lo establecido en el presente contrato". Es por ello, y en consideración a que no habían sido satisfechos los recibos...

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