SAP Valencia 755/2002, 29 de Noviembre de 2002

ECLIES:APV:2002:6734
Número de Recurso769/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución755/2002
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª

Rollo n°. 769/02

SENTENCIA NUMERO 755

SECCIÓN OCTAVA

Ilustrísimos Señores:

Presidente,

D. Enrique Emilio Vives Reus

Magistrados, Dñª. María Fe Ortega Mifsud D. José María Vera Llorens

En la Ciudad de Valencia, a veintinueve de noviembre de dos mil dos.

Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José María Vera Llorens, los autos de juicio de Cognición, promovidos ante el Juzgado de 1ª Instancia número 20 de Valencia, con el número 79/01, por "Bits Servicis I Productes, SL.", contra "Narváez Topofráfica, SL."; sobre reclamación de cantidad, pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por "Bits Servicis I Productes, S. L." y por "Narváez Topográfica, S. L.".

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La Sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de 1ª Instancia n°. 20 de Valencia, en fecha 15 de mayo de 2002, contiene el siguiente: FALLO: "Que estimando la demanda formulada por Dª. Diana , administradora única de Bits Servicis i Productes, SL. contra Narváez Topográfica, SL. sobre reclamación de 232.928 pesetas, precio de una compraventa, y estimando la demanda indemnización de daños y perjuicios derivados del defectuoso cumplimiento contractual de prestación de servicios, instalación y suministros de material informático, debo proceder y procedo a aplicar el instituto de la compensación resultando así un saldo acreedor a favor de Narváez Topografía SL. de 373.790 pesetas, por lo que condeno a Bits Servicios i Productes SL. a que pague a Narváez Topograña SL., dicha cantidad de 373.790 pesetas, más el interés legal desde la fecha de la presente resolución. En cuanto a las costas cada parte abonará las costas causadas por la demanda en la que es demandada".

Segundo

Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por "Bits Servicis i Productes, SL." y por "Narváez Topográfica, SL.", admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, se tramitó la alzada, señalando el día 21 de noviembre del presente, para la deliberación, votación y fallo.

Tercero

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La mercantil Bits, Servicis i Productes SL. interpuso demanda en reclamación de 232.928 pesetas contra la entidad Narváez Topográfica, SL, que corresponde al precio de un ordenador BSP Pentium III 700 suministrado a la demandada.

La demandada alegó en su contestación falta de legitimación pasiva aduciendo que nunca celebró con la mercantil actora contrato de compraventa del ordenador cuyo importe se reclama.

Igualmente la parte demandada interpuso demanda reconvencional contra la actora reclamando la cantidad de 606.718 pesetas de las que 346.521 responden a los gastos que tuvo que soportar para reparar las deficiencias de la instalación informática reclamada por la actora y las restantes 260.197 pesetas representan el incremento del coste de las llamadas metropolitanas de teléfono durante el periodo de marzo a septiembre de 2000 motivado porque los ordenadores quedaban permanente conectados a Internet por la deficiente actuación de la actora.

Segundo

La sentencia recurrida estimó tanto la demanda como la reconvención y aplicando el instituto de la compensación, condenó a Bits Servicis i Productes, SL. a que parara a Narváez Topográfica SL. la cantidad de 373.790 pesetas más intereses.

Tercero

La representación procesal de la mercantil Bits Servicis i Productes, SL. interpuso recurso de apelación respecto de la estimación de la reconvención, entendiendo que se produce una errónea valoración de la prueba. Pero lo bien cierto es que no se deduce de la detallada sentencia, error alguno, teniendo además en cuenta que dado lo específico de la materia que se discute, cobra más relevancia la prueba pericial practicada, tanto en sus informes como en la ratificación y aclaraciones a los mismos. De esta forma la practicada por la entidad Estudios de Ingeniería Informática, SA., no deja lugar a dudas que los gastos por...

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