SAP Málaga 358/2001, 17 de Mayo de 2001
Ponente | JOSE JAVIER DIEZ NUÑEZ |
ECLI | ES:APMA:2001:2112 |
Número de Recurso | 944/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 358/2001 |
Fecha de Resolución | 17 de Mayo de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 6ª |
D. Antonio Alcalá NavarroD. GONZALO TRUJILLO CREHUETD. JOSE JAVIER DIEZ NUÑEZ
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. SECCIÓN SEXTA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO UNO DE FUENGIROLA.
JUICIO DE MENOR CUANTÍA NÚMERO 105/99.
ROLLO DE APELACIÓN NÚMERO 944/99.
SENTENCIA N° 358/2001
Iltmos. Sres.
Presidente:
Don Antonio Alcalá Navarro
Magistrados:
Don José Gonzalo Trujillo Crehuet
Don José Javier Díez Núñez
En la Ciudad de Málaga, a diecisiete de mayo del año dos mil uno. Vistos, en grado de apelación,
ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial los autos de juicio de menor cuantía número 105 de 1999, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Fuengirola, sobre responsabilidad "ex delicto", seguidos a instancia de Don Gustavo y Doña Lourdes , representados en esta alzada por el Procurador de los Tribunales Don Santiago Suárez de Puga y Bermejo y defendidos por el Letrado Don Angel Abalos Nuevo, contra Doña Almudena , representada en esta alzada por el Procurador de los Tribunales Don Luis Benavides Sánchez de Molina y defendida por el Letrado Don Antonio Moles Mingorance; actuaciones pendientes ante esta Audiencia en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia definitiva dictada en el citado juicio.
Ante el Juzgado de Primera Instancia número Uno de Fuengirola se siguió juicio de menor cuantía número 105/99, del que este Rollo dimana, en el que en fecha quince de septiembre de mil novecientos noventa y nueve se dictó sentencia definitiva en la que se acordaba en su parte dispositiva: "FALLO: Que estimando la demanda presentada por la representación de D. Gustavo y Lourdes , debo condenar y condeno a la demandada Dª. Almudena a que abone a los actores la cantidad de seis millones de pesetas (6.000.000 ptas.), más los intereses legales desde la interposición de la demanda. Condenando a la demandada a las costas de esta primera instancia".
Contra la expresada sentencia, en tiempo y forma, interpuso recurso de apelación la representación procesal de la parte demandada, el cual fue admitido a trámite en ambos efectos mediante propuesta de providencia de veinte de septiembre de mil novecientos noventa y nueve, emplazando a las partes para que procedieran a personarse ante la Superioridad en el plazo de diez días a hacer uso de sus derechos. Personadas las partes, por su orden, les fueron entregadas las actuaciones remitidas para instrucción por plazo de cuatro días, señalándose para la celebración de vista pública el día de hoy, acto en el que no ha comparecido el Letrado defensor de la parte apelante, pese estar citado en tiempo legal fortuna, manteniendo el Letrado de la parte apelada asistente se procediera por la Sala a confirmar la sentencia impugnada en todos sus extremos, quedando a continuación las actuaciones conclusas para deliberación, votación, fallo y redacción de la sentencia.
En la tramitación del presente recurso han sido observados y cumplidos los requisitos y presupuestos procesales previstos por la Ley, habiendo sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. Don José Javier Díez Núñez.
La sentencia definitiva...
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