SAP Zamora 141/2007, 12 de Junio de 2007

PonentePEDRO JESUS GARCIA GARZON
ECLIES:APZA:2007:155
Número de Recurso166/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución141/2007
Fecha de Resolución12 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Zamora, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

Z A M O R A

Rollo nº: RECURSO DE APELACIÓN 166/07

Nº Procd. Civil : 195/06

Procedencia : Primera Instancia de Puebla de Sanabria

Tipo de asunto : Ordinario

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Este Tribunal compuesto por los Señores Magistrados que se expresan al margen, han

pronunciado

E N N O M B R E D E L R E Y

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 141

Ilustrísimos/as Sres/as

Presidente/a

D. LUIS BRUALLA SANTOS FUNCIA.

Magistrados/as

D.PEDRO JESÚS GARCIA GARZON

Dª ESTHER GONZALEZ GONZALEZ.

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En la ciudad de ZAMORA, a doce de Junio de dos mil siete.

Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000195 /2006, seguidos en el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de PUEBLA DE SANABRIA, RECURSO DE APELACION (LECN) 0000166 /2007; seguidos entre partes, de una como apelante Dª. Esther, representada por el/la Procurador/a D/Dª Mª TERESA MESONERO HERRERO, y dirigida por el Letrado Dª. MARIA PONTE GARCIA, y de otra como apelados D. Raúl y Dª Marí Luz, representados por el/la Procurador/a D/Dª Mª DEL PILAR BAHAMONDE MALMIERCA y dirigidos por el/la Letrado/a Dª SUSANA VEGA HUERTA.

Actúa como Ponente, el/la Iltmo/a. Sr/Sra. D. PEDRO JESÚS GARCIA GARZON.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O

PRIMERO

Por el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de PUEBLA DE SANABRIA, se dictó sentencia de fecha 8 de marzo de 2007, cuya parte dispositiva, dice: "FALLO: "Desestimar la demanda formulada por Procuradora Sra. Pozas en nombre y representación de Dª Esther contra D. Raúl y Dª Marí Luz ; absolviendo a los demandados de los pedimentos efectuados en su contra. Con expresa imposición a la parte actora de las costas causadas. ".

SEGUNDO

Contra mencionada resolución interpuso la parte demandante el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo y, no habiéndose celebrado vista pública ni solicitado práctica de prueba, quedó el procedimiento para votación y fallo, señalándose el día 12 de junio de 2007.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.

F U N D A M E N T O S J U R Í D I C O S
PRIMERO

Aceptamos los fundamentos de derecho de la sentencia objeto del presente recurso.

SEGUNDO

La representación de la demandante interpone recurso de apelación contra la sentencia de instancia con fundamento en dos motivos: 1.- Error en la valoración de las pruebas que lleva a la Juzgadora de instancia a estimar que hubo contrato real de compraventa en fecha 16 de febrero de 2.001 sobre las fincas registrales números NUM000 y NUM000 y, por consiguiente, no hubo simulación absoluta ni relativa, pues hubo precio cierto; 2.- Infracción de lo dispuesto en los artículos 1.261 y 1.275 del Código Civil, pues entiende el recurrente que falta al contrato de compraventa cuya nulidad por simulación absoluta o relativa pretende la causa del contrato de compraventa o, en su caso, al no mediar precio, sino gratuidad debería declararse su validez como donación, que sería reducible al vulnerar la legítima de los herederos.

TERCERO

Ambos motivos deben decaer.

Ha quedado probado mediante la copia de la escritura pública de compraventa de fecha 16 de febrero de 2.001 que el padre de la actora, Jose...

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