SAP Sevilla 345/2004, 23 de Julio de 2004

ECLIES:APSE:2004:3082
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución345/2004
Fecha de Resolución23 de Julio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL SEVILLA

Sección Segunda

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: 1ªInstan. núm. 2 de Morón de la Frontera

ROLLO DE APELACIÓN Nº 735/04-B

JUICIO Nº 67/03

S E N T E N C I A Nº 345

PRESIDENTE ILTMO. SR.

D. MANUEL DAMIAN ALVAREZ GARCIA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D. RAFAEL MARQUEZ ROMERO

D. CARLOS PIÑOL RODRIGUEZ

En la Ciudad de SEVILLA a, Veintitres de Julio de Dos Mil Cuatro.

Visto, por

la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de SEVILLA, juicio ordinario, procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de D. Leonardo y Dª Gema , que en el recurso es parte apelante, contra D. Juan Miguel , que en recurso es parte apelada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 14 de Julio 2.003, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que desestimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador Sr. Bellogin Izquierdo, en nombre y representación de Leonardo y Gema contra Juan Miguel , debo absolver y absuelvo al citado demandado de todos los pedimentos formulados de contrario. Con expresa condena en costas a los actores."

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, se emplazaron a las partes y se elevaron los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la votación y fallo quedó el recurso visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL MARQUEZ ROMERO quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se ejercita en la demanda origen de las presentes actuaciones acción de carácter personal por la que se pretende por los actores el desalojo del demandado de la finca sita en la CALLE000 núm. NUM000 de Morón de la Frontera, propiedad de la Comunidad de Bienes DIRECCION000 ., constituída el día 1 de Enero de 2.000, por demandantes y demandado, con el objeto de administrar los bienes inmuebles que poseen en común por título hereidtario; el demandado se opuso a la estimación de la demanda, alegando que viene ocupando la finca desde hace unos veinte años, primero con el consentimiento de su madre y, tras el fallecimiento de ésta, mediante el acuerdo alcanzado con los actores y que supone la cesión a título de arrendamiento y por el canon equivalente a su tercio de las rentas obtenidas en conjunto por los inmuebles arrendados que pertenecen a la comunidad de bienes. La sentencia apelada desestima la demanda declarando que el demandado ejercitó su derecho a servirse de la vivienda, de conformidad con lo dispuesto en el art. 394 del Código Civil sin que de este uso se haya derivado perjuicio alguno para los actores y por otra parte, no ha existido un acuerdo adoptado con unas mínimas garantías que obligue al demandado a deslojar la vivienda.

SEGUNDO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 398 del Código Civil, para la ddministración y mejor disfrute de la cosa común serán obligatorios los acuerdos de la mayoría de los partícipes, es decir, consagra este prcepto el principio de la subordinación de la voluntad individual de cada uno de los comuneros a la general de todos y la preferencia del interés...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • SAP Baleares 507/2022, 7 de Diciembre de 2022
    • España
    • 7 Diciembre 2022
    ...cuente con el consentimiento de la mayoría de los participes (art. 398). En el mismo sentido cabe citar las sentencias de la AP Sevilla de 23 de julio de 2004 y de León de 10 de mayo de 2004 Por lo hasta ahora expuesto, procede la revocación de la sentencia de instancia, quedando por determ......
  • SAP Baleares 127/2012, 8 de Marzo de 2012
    • España
    • 8 Marzo 2012
    ...cuente con el consentimiento de la mayoría de los participes (art. 398). En el mismo sentido cabe citar las sentencias de la AP Sevilla de 23 de julio de 2004 y de León de 10 de mayo de 2004 El demandado viene ocupando en exclusiva la vivienda litigiosa, en contra de la voluntad de las acto......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR