SAP Murcia 26/2004, 27 de Enero de 2004

PonenteANDRES PACHECO GUEVARA
ECLIES:APMU:2004:193
Número de Recurso456/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución26/2004
Fecha de Resolución27 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 26

En la ciudad de Murcia, a veintisiete de enero de dos mil cuatro.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados expresados, ha conocido en grado de apelación las actuaciones de orden civil, rollo nº 456/03, dimanante del Juicio Ordinario tramitado en el Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Murcia y seguido entre Dña. Juana como demandante y la Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000 de Murcia como demandada, ello en virtud del recurso de apelación promovido por la parte demandada, dirigida en esta alzada por el Letrado Sr. García Manrique, siendo dirigida la parte apelada por la también Letrada Sra. Alemán Ruiz y siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Andrés Pacheco Guevara, que expresa la convicción de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos principales de que el presente rollo dimana, el Juzgado de Primera Instancia con fecha 31/3/03 dictó sentencia, cuyo fallo es del tenor siguiente:

"Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. GUILLERMO MARTINEZ TORRES en nombre y representación de Dª. Juana contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO SITO EDIFICIO000 DE MURCIA declaro la nulidad del Acuerdo adoptado en el Punto Primero del Orden del día de la Junta General Extraordinaria de 22 de julio de 2002 con imposición al demandado de las costas causadas".SEGUNDO.- Contra la citada resolución y en legal forma se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandada, siendo admitido en ambos efectos, lo que originó, tras la tramitación oportuna, la remisión de los autos originales a esta Sala, señalándose, tras los traslados pertinentes, para votación y fallo del recurso el día de hoy, quedando los autos pendientes de resolución.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sala, sin llegar a comprender la estrategia de oposición de la parte demandada y apelante, alcanza conclusión definitiva acorde con lo decretado en la instancia, ya que efectivamente existió acuerdo comunitario, el mismo se impugnó válidamente y la nulidad decidida obedece a los defectos de forma y sustantivos de que adolece aquel acuerdo.

La tesis de la demandada sigue asentándose en la inexistencia de un acuerdo vinculante para la actora y,...

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