SAP Asturias 19/2002, 10 de Enero de 2002

PonenteRAFAEL MARTIN DEL PESO
ECLIES:APO:2002:56
Número de Recurso352/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución19/2002
Fecha de Resolución10 de Enero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 19/02

Rollo: RECURSO DE APELACION 352 /2001

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. José Antonio Seijas Quintana

MAGISTRADOS

D. Guillermo Sacristán Represa

D. Rafael Martín del Peso

En OVIEDO, a diez de Enero de dos mil dos .

VISTOS, en grado de apelación por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal Civil 132/01, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Oviedo, Rollo de Apelación 352/01, entre partes, como Apelante/s, Alfredo , Guadalupe , Rosario y Ángela , representados por el Procurador Sr. Martínez Mendez, actuando bajo la dirección letrada de Don José Antonio Ballesteros Garrido, y como Apelado/s Salma 96, S.L. representada por la Procuradora Sra. García-Bernardo Albornoz, actuando bajo la dirección letrada de Don Miguel García Vigil.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Oviedo dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 11 de junio de dos mil uno cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por el Procurador Don Gustavo Martinez Mendez en representación de Don Alfredo , dha. Guadalupe Rosario y dha. Ángela , contra Salma-96, S.L. con imposición a la parte demandante de las costas del proceso.".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.CUARTO.- En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Rafael Martín del Peso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el recurso de apelación interpuesto se discute, por vulneración del artículo 10 de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios y del artículo 8° d e la Ley 7/98 de Condiciones generales de la Contratación, la validez de la cláusula tercera de los contratos de compraventa privados, suscritos entre los actores y la promotora demandada, en la que literalmente se indica que la vendedora se reserva la facultad de solicitar y formalizar el préstamo hipotecario con la entidad financiera que estime conveniente, obligándose el comprador a subrogarse en dicho préstamo en el acto de formalizar la escritura, siendo de su cuenta ( por virtud de la subrogación) el pago de principal, intereses, accesorios, incluidos los de cancelación de la hipoteca, desde la fecha de entrega de llaves, obligándose a entregar a la vendedora las cantidades que ésta haya pagado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • Algunas cláusulas abusivas en los contratos de compraventa de vivienda
    • España
    • Estudios sobre consumo Núm. 77, Abril 2006
    • 1 Abril 2006
    ...nuevo préstamo hipotecario, este sí dirigido sólo a la financiación de la compra soportando los gastos consiguientes." [5] Las SAP de Asturias de 10.1.2002 (RJA 2002/71004) y de La Rioja de 30.12.2002 (RJA 2002/44255), consideraron probado que la cláusula según la cual el comprador se subro......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR